No intentó matar a su expareja, pero sí incumplió, a sabiendas, la orden de alejamiento que pesaba sobre él. Es el resumen de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra contra Cándido P.P., un vecino de Cangas que estaba acusado de un delito de homicidio en grado de tentativa, por sabotear, según la Fiscalía, los frenos del vehículo de su mujer. Fue absuelto de estos hechos y condenado a un año de cárcel por quebrantamiento de la orden.
La sentencia declara probado que el acusado incumplió la orden de alejamiento y acudió al lugar de Coiro (Cangas) en donde residía la mujer. Una vez allí, se produjo un forcejeo entre ambos. Destaca el juez que ella "no huyó del lugar pese a la prohibición". Durante el incidente, en el que el hombre le amenazó de muerte, ella acabó con una serie de lesiones.
Fiscalía y acusación particular coincidían en señalar que antes de ese encuentro, Cándido P.P. intentó sabotear los frenos del coche de su excompañera sentimental, cortando los cables de los frenos con un cuchillo. Pero este extremo, según la sentencia, no fue suficientemente probado en el juicio. "No consta la entidad y alcance de la manipulación de los tubos de los frenos, por parte del acusado, del coche que utilizaba su esposa", relata el magistrado.
En este sentido, dos testigos afirmaron haber visto al hombre al lado del coche y tumbado boca arriba "haciéndole algo" y llegaron a identificar el cuchillo con el que, presuntamente, habría intentado sabotear el vehículo, y un tercero, mecánico de profesión, narró que los tubos de los frenos estaban "descolgados y serrados", por lo que llevó el coche a reparar a los "dos o tres días" del suceso.
Esta circunstancia es la que hace dudar del alcance de los daños al titular de la Sección Cuarta de la Audiencia pontevedresa. Afirma en la sentencia que, además de no existir ninguna fotografía o informe pericial sobre este sabotaje que pueda ser considerada como "prueba contundente", existen dudas de que con los tubos serrados "hayan podido llevar el coche hasta un taller situado en Arcade, cuando lo lógico era acudir a un taller cercano".
Durante el juicio, el acusado explicó que en aquel momento estaba en proceso de desintoxicación y la mañana previa a los hechos había acudido a tratamiento y, a continuación, tomó varias cervezas. Aunque el juez asegura que no se puede determinar su grado de alteración en el momento de los hechos, esa circunstancia puede explicar "su deambulación torpe y que haya caído al suelo durante el forcejeo con su esposa".
Por todo ello, la Audiencia pontevedresa resuelve absolverlo del delito de homicidio en grado de tentativa y condenarlo, tan sólo, por las lesiones que sufrió la mujer durante el forcejeo, por las que tendrá que pagarle 120 euros, y por el quebrantamiento de la orden de alejamiento. Por este último asunto, le condena a un año de prisión y a la prohibición de acercarse a ella a menos de 200 metros en los próximos tres años.