Lo que comenzó como un conflicto administrativo por un convenio urbanístico de 1994 deja consecuencias jurídicas en el presente año.
Según el último auto judicial dictado el 2 de enero de 2026 por el Tribunal de Instancia de Caldas de Reis, la justicia ha decidido incoar diligencias previas para investigar la posible existencia de delitos de prevaricación administrativa y/o desobediencia grave a la autoridad judicial en el seno del Concello de Cuntis.
Esta decisión nace del "testimonio de particulares" remitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Pontevedra, ante lo que considera una falta de cumplimiento "incomprensible" de la sentencia dictada en julio de 2011.
El magistrado-juez del Tribunal de Instancia en Caldas Marcos Díaz Peteiro ha ordenado una batería de diligencias urgentes que ponen bajo sospecha no solo al actual gobierno local, sino a todos los responsables políticos que han pasado por el consistorio en los últimos tres lustros.
El tribunal ha requerido oficialmente al Secretario del Concello la siguiente documentación: Identificación nominal de todos los alcaldes que han ostentado el cargo desde julio de 2011 hasta noviembre de 2025, identificación de todos los miembros de las Juntas de Gobierno durante ese mismo periodo (durante 15 años) y testimonio íntegro de todas las actas y acuerdos de Alcaldía donde se haya analizado o valorado cualquier cuestión relativa a la ejecución de la sentencia que obligaba a entregar las fincas a la empresa Termas de Cuntis S.L.
Esta escalada se produce semanas después de que el juzgado de Pontevedra impusiera una multa coercitiva de 300 euros mensuales al actual alcalde Manuel Campos, tras constatar que catorce años después del fallo judicial, el Concello sigue sin entregar la finca de las piscinas (Budeón) libre de cargas y sin finalizar el Plan Especial para la nueva piscina municipal.
La jueza Inés Nicolás Herrero fue contundente en diciembre al señalar que el Concello ha ido "esquivando, con su conducta, el cumplimiento de una resolución judicial", a pesar de haber tenido tiempo "más que suficiente" para remover los obstáculos técnicos y administrativos.
No obstante, en abril de 2023, el Juzgado de Pontevedra había expuesto que la sentencia ya no podía ejecutarse por imposibilidad legal, al haber expirado el plazo de vigencia del convenio conforme a la Ley 40/2015, lo que llevó al entonces archivo de la ejecución.
REACCIÓN DEL GOBIERNO LOCAL
Desde el Gobierno local de Cuntis, la respuesta ha sido inmediata. Tras una reunión de urgencia con sus asesores legales, el Concello ha manifestado que presentará recursos a esta decisión judicial.
El grupo de gobierno se defiende con dureza: "Acatamos las decisiones judiciales pero no las compartimos y menos cuando no muestran la realidad de los hechos", señala el comunicado oficial, donde recuerdan que el Juzgado de Pontevedra había enmendado "la decisión del propio juzgado de fecha del 24.04.2023 en la que el propio juzgado reconocía la imposibilidad de ejecución".

Califican de "lamentable" la actitud de Termas de Cuntis, acusando a la empresa de buscar "amedrentar con estas actuaciones a los representantes públicos elegidos democráticamente".
El gobierno municipal insiste en que están ejecutando las actuaciones del convenio "con la máxima agilidad", pero que los plazos dependen de otros organismos.
También recalcan que su prioridad es la defensa de los bienes públicos: "defenderemos siempre los bienes públicos y los intereses de los vecinos de Cuntis por encima de los intereses económicos de cualquier empresa".
EL ORIGEN DEL CONFLICTO
El convenio inicial, aprobado por el Pleno del Concello de Cuntis el 30 de diciembre de 1994, fue un acuerdo estratégico de colaboración público-privada entre el Concello, entonces liderado por el alcalde socialista Eduardo Rey, y el empresario Marcial Campos Fariña, cuyos derechos heredó después la empresa Termas de Cuntis S.L.
El objetivo principal era transformar Cuntis en una villa termal de referencia, mediante un intercambio de propiedades y la reordenación de equipamientos públicos.
Para llevar a cabo el proyecto, el convenio estipulaba una serie de compromisos mutuos:
El empresario se comprometía a:
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Ceder gratuitamente al Concello diversas parcelas destinadas a viales, zonas verdes y una plaza pública.
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Entregaba al Concello varias fincas situadas en la zona de Campo, con una superficie total de 14.379 metros cadrados.
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Se reservaba el derecho de explotación de un acuífero detectado en esos terrenos.
El Concello de Cuntis, por su parte, firmaba:
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La entrega de fincas clave: A cambio de los terrenos de la zona de Campo, el Concello debía transmitir al empresario la propiedad de dos parcelas estratégicas:
- Huerta Rectoral: Una parcela de 2.500 m2.
- Finca Budeón (Piscinas Municipales): Una finca de 4.970 m2 donde se ubicaban las antiguas piscinas.
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Reubicación de servicios: El Concello se obligaba a trasladar las instalaciones que "estorbaban" el desarrollo termal: trasladar el Colegio Público al ámbito de A Ran; trasladar las Piscinas Municipales a una nueva ubicación en la parcela de A Palma e trasladar el palco de la música.
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Cambios urbanísticos: Tramitar una Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias (NNSS) para dar cobertura legal a todos estos movimientos.
El problema que ha llevado a la actual situación judicial es que, si bien el empresario cumplió con sus cesiones, según estas resoluciones judiciales, el Concello nunca llegó a entregar la Finca Budeón (las piscinas) libre de cargas.
Para poder hacerlo, el Concello debía haber construido primero las nuevas piscinas en A Palma, un trámite que, según la justicia, ha demorado injustificadamente durante más de 30 años (desde la firma) y 14 años (desde la sentencia de 2011).