Ya está lista la nueva ordenanza municipal de inspección de edificios, conocida como la ITV de edificios, que fue suspendida hace unos meses para adaptarse a una sentencia del Tribunal Constitucional relativa a una normativa similar impugnada en Cataluña.
Así, se mantendrá el espíritu de la ordenanza, que obliga a revisar el estado de todos los inmuebles de más de cincuenta años de antigüedad.
En todo caso, se exige revisión de la estructura, cimentación, fachadas interiores y exteriores, medianeras, cubiertas y azoteas, redes generales de electricidad, gas, fontanería y saneamiento, estado de los elementos comunes y medidas de protección contra incendios. A mayores, habrá que revisar el cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad.
Pero cambiará lo relativo a la necesaria obtención del certificado de eficiencia energética, que pasará a ser un trámite voluntario para las comunidades que deban revisar la fachada de su edificio. Eso sí, el Concello recomienda que se obtenga, ya que apenas encarece la revisión técnica y además sería necesario para optar a subvenciones y vender o alquilar la vivienda.
También se modifica el régimen sancionador y los plazos que estaban fijados para pasar esta ITV, ante el tiempo que ha estado paralizada esta normativa.
De esta forma, siguiendo las recomendaciones de los colegios profesionales de arquitectos y aparejadores, los edificios con más de 60 años, que debían pasar esta revisión antes del 31 de diciembre de 2016, tendrán ahora de plazo hasta el 30 de septiembre de 2018.
También cambian los plazos para los edificios posteriores. Aquellos que tengan más de 50 años, que deberían haber cumplido este trámite el 31 de diciembre de 2017, tendrán de margen hasta el 30 de diciembre de 2019.