El papel de la Guardia Civil y las policías Local, Nacional y Autonómica durante el estado de alarma

15 de marzo 2020

El ministro del Interior ha dictado una orden con la que se establecen los criterios de actuación de los agentes para hacer cumplir medidas como el control de los movimientos, el apoyo a las labores sanitarias, garantizar el suministro alimentario y de bienes de primera necesidad o asegurar el funcionamiento de las infraestructuras críticas

Patrulla de la Policía Nacional en la calle Oliva este sábado 14 de marzo por la alerta del coronavirus
Patrulla de la Policía Nacional en la calle Oliva este sábado 14 de marzo por la alerta del coronavirus / Diego Torrado

A raíz de la aplicación del Real Decreto de estado de alarma aprobado por el Gobierno, todas la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sean de ámbito local, autonómico o estatal, o también la seguridad privada, juegan un papel fundamental y se regirán por criterios de actuación extraordinarios, de modo que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha dictado una orden con la que se establecen esos criterios que será de cumplimiento durante toda la vigencia del decreto.

Todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán actuar de forma coordinada bajo el mando del ministro del Interior, con el objetivo de hacer cumplir medidas como el control de los movimientos, el apoyo a las labores sanitarias, garantizar el suministro alimentario y de bienes de primera necesidad o asegurar el funcionamiento de las infraestructuras críticas.

ATENCIÓN SANITARIA:

La orden pone a disposición de las autoridades y de los profesionales sanitarios aquellas capacidades de los cuerpos policiales que sirvan para auxiliar a las instituciones y a los profesionales sanitarios ante situaciones en las que el auxilio sea necesario para que pueda prestarse asistencia sanitaria urgente a las personas que lo precisen.

En este sentido, se indica que se reforzarán las medidas policiales de seguridad tendentes a garantizar el normal funcionamiento de centros sanitarios. Este refuerzo también se aplicará en establecimientos de elaboración, almacenamiento y distribución de productos farmacéuticos o sanitarios. 

La resolución señala que la ciudadanía "tiene el deber cívico de colaborar y no obstaculizar" la labor de los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, y añade que el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la autoridad competente "será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las leyes".

DESPLAZAMIENTOS:

La resolución dictada por Grande-Marlaska indica en este ámbito que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad establecerán dispositivos de seguridad, fijos y móviles, tanto en las vías y espacios públicos como en la red de transporte, y en particular en aquellos lugares o franjas horarias que específicamente se puedan ver afectados por las restricciones que se acuerden.

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán tener en cuenta la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario, así como la de permitir la movilidad del personal perteneciente a entidades dedicadas a la prestación de servicios esenciales o al abastecimiento y distribución de bienes y servicios de primera necesidad.

SUMINISTRO ALIMENTARIO:

Los agentes también deberán prestar su apoyo a las medidas destinadas a garantizar el suministro alimentario, y de otros bienes y servicios y se reforzarán las medidas policiales de seguridad tendentes a garantizar el normal funcionamiento de las infraestructuras críticas.

Se llevarán a cabo asimismo tareas de apoyo a las medidas restrictivas en relación con la actividad comercial, apertura de establecimientos y actos de culto.

COORDINACIÓN:

A partir de este mismo domingo, en todos los dispositivos de seguridad se potenciará la colaboración y coordinación entre los cuerpos policiales con competencia en cada ámbito territorial y, para poder hacerlo, se constituye un Centro de Coordinación Operativa que asegure una transmisión permanente y continúa de información entre los implicados para la difusión de órdenes y directrices de actuación y para la recepción y seguimiento de las novedades que se produzcan. 

SALUD DE LOS AGENTES:

La orden también dedica un apartado a la protección de la salud de los agentes y establece que todos ellos tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Se observarán en todo caso las recomendaciones e instrucciones impartidas en cada caso por las autoridades sanitarias en relación con la prevención de la transmisión del coronavirus.