El TSXG aprueba el veto a un regatista por exhibir un lema contra Celulosas

Pontevedra
02 de junio 2016

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestima un recurso de apelación para la protección de derechos fundamentales presentado por un regatista disconforme con la resolución del Comité de Protestas de la I Regata Interclubes de la Ría de Pontevedra, celebrada en 2015, en la que sancionó al deportista

Barco "Ozoaqua" con el lema "No Celulosas" en su vela
Barco "Ozoaqua" con el lema "No Celulosas" en su vela / Mónica Patxot

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestima un recurso de apelación para la protección de derechos fundamentales presentado por un regatista disconforme con la resolución del Comité de Protestas de la I Regata Interclubes de la Ría de Pontevedra, celebrada en 2015, en la que sancionó al deportista.

La Sala de la Sección Primera concluye que "el demandante no dudó en participar en la regata luciendo en su embarcación el lema “No Celulosas”, expresión claramente reivindicativa, con evidente finalidad social, política y medioambiental, buscando un efecto propagandístico y publicitario tendente a influir en el ánimo de una colectividad ya sensibilizada por la estrecha ligazón entre esa actividad y la empresa ENCE que la ejerce en Pontevedra".

El alto tribunal entiende que nada impide que el actor pueda manifestar su opinión al respecto, pero lo que sí se veta es que lo haga "aprovechando una competición deportiva cuyas específicas reglas prohíben ese tipo de actitudes".

Los magistrados del TSXG indican que el demandante tenía el "deber" de conocer las normas reguladoras de la prueba y aclara que el demandante tenía la "carga" de someter a los organizadores, antes del inicio de la prueba, "los términos de la publicidad pretendida dado que ostensiblemente no era publicidad inocua o comercial".

En cambio, considera que el regatista optó por "los hechos consumados a sabiendas de su potencial impacto ajeno a la esencia de la competición deportiva".

El regatista puede interponer recurso de casación contra este fallo.