La Audiencia Provincial de Pontevedra ha ordenado que se repita un juicio por amenazas contra dos acusados porque se celebró sin que ellos estuviesen presentes a pesar de que se encontraban en el edificio judicial de A Parda a la hora indicada. Así, llegaron a los juzgados, pero les indicaron mal y no llegó a la sala de vistas donde iban a estar.
El juicio se celebró en su ausencia en el Juzgado de Instrucción número 3 de Pontevedra y acabó en condena para ambos por un delito leve de amenazas a la pena de un mes de multa a razón de 5 euros diarios, esto es, 150 euros.
Tras dictarse sentencia condenatoria, los dos acusados recurrieron pidiendo la nulidad del juicio al haberse celebrado en su ausencia "cuando en realidad se hallaban en la sede del edificio de los juzgados desde antes de la hora señalada para su celebración". Su defensa entendía que se vulneraba su derecho a la tutela judicial efectiva.
La sección cuarta de la Audiencia revisó el caso y estimó la petición de los acusados, al entender que su ausencia "no cabe atribuirla ni a negligencia de los propios denunciados ni a su desidia, sino a un error en las indicaciones dadas en el momento de acceder al edificio de los juzgados y a sus salas de vistas".
Ese "error", según la Audiencia, provocó que no estuvieran a la puerta de la sala en la que se iba a celebrar el juicio, sino en otra parte del edificio.
La Audiencia anula el juicio y la sentencia y ordena que vuelva a celebrarse nuevo juicio con la misma magistrada.
En esa sentencia anulada, se consideraba como hechos probados que el 17 de julio de 2023 por la tarde uno de los acusados se acercó a las escaleras de la vivienda de su víctima y, con una hoz en la mano, le gritó: "sal para fora que che corto o pescozo". Mientras tanto, la otra acusada, según esa sentencia ahora recurrida, golpeaba con un palo la cancilla de la vivienda de Mónica amenazándola.