Evaristo P. Estévez Vila
Lamentable actuación de la banca ante las reclamaciones por cláusulas suelo
Bien sabidos son, y a estas alturas no procede recordarlos, los precedentes que subyacen en el problema bancario ocasionado con motivo de la introducción de las denominadas cláusulas suelo y que a consecuencia primero de una sentencia dictada en 2013 por el Tribunal Supremo y de otra del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2017, establecieron su nulidad, y el alcance temporal de la misma. Paralelamente a ello, recientes resoluciones del Tribunal Supremo secundadas o precedidas por otras de las distintas Audiencias Provinciales, si bien con desigual resultado o alcance, han venido a declarar a la vez el carácter abusivo de las cláusulas del préstamo que hacían repercutir sobre la parte solicitante del mismo gastos que, se considera, eran repercutibles sobre la entidad bancaria: honorarios de Notaría y Registro de la Propiedad e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados correspondiente a la constitución de la garantía hipotecaria, y, en ocasiones, seguros de vida de prima única asociados a dichos préstamos.
Una vez que judicialmente se viene a poner fin a una práctica abusiva más de las que los consumidores han sido víctimas en los últimos años por parte de las distintas entidades, y a la vista sobre todo del alcance de la última Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia Europeo y que venía a aclarar la total retroactividad del alcance de la devolución del importe cobrado de más por la entidad en virtud de la cláusula considerada abusiva, el Gobierno se pone a la cabeza del problema y aprueba el RD Ley 1/2017 de 20 de enero en el que fija unos criterios voluntarios para el consumidor, pero en todo caso disuasorios, y un procedimiento a seguir en materia de reclamación de las cantidades abonadas a mayores a consecuencia de la implantación de las cláusulas suelo en los contratos.
Pues bien, las entidades de crédito anunciaron en su página web la implantación del sistema, obligatorio para todas las entidades que tengan en sus contratos de préstamo cláusulas como las indicadas, y el procedimiento a seguir, y han procedido a dar respuesta a las solicitudes formuladas por sus clientes mediante un denominado "ACUERDO TRANSACCIONAL", que incumple por lo general y de modo manifiesto lo establecido en el RD Ley aprobado por el gobierno, y que es manifiestamente contrario a los intereses del consumidor por cuanto las cantidades propuestas no se ajustan a aquellas a cuya devolución tiene derecho el interesado, que omite de forma deliberada los intereses legales aplicables a dichas cantidades y que además fija unilateralmente y sin derecho de réplica un sistema de compensación de dicha cantidad con el capital pendiente del préstamo, o lo que es lo mismo, en lugar de proceder a la devolución de dichas cantidades lo que se produce es una reducción de la cuantía del préstamo pendiente.
Para colmo de males, y en una actitud de plena consciencia de las condiciones de la oferta y de un modo absolutamente siciliano, alecciona a sus empleados para que transmitan a sus clientes que al final si reclaman le va a quedar lo "comido por lo servido" o, en definitiva, por la diferencia entre lo que te ofrezco y lo que puedes conseguir, no te vale la pena plantear un procedimiento judicial. Nuevamente la estrategia que no dudo sea eficaz, falta de modo temerario a la verdad, dado que el RDLey del Gobierno establece que si el consumidor rechazase el cálculo de la cantidad a devolver o declinase, por cualquier motivo, la devolución del efectivo e interpusiera posteriormente demanda judicial en la que obtuviese una sentencia más favorable que la oferta recibida de dicha entidad, se impondrá la condena en costas a esta, y con ello, en definitiva, obtendría la devolución de las cantidades reclamadas y las costas procesales, y en definitiva sería la entidad quien tendría que correr con los gastos y honorarios del litigio.
En definitiva, no parece que ni el tiempo, ni los errores pasados, ni las resoluciones judiciales, ni siquiera las "ayudas" del gobierno, sacudan lo suficiente el árbol como para que las cosas cambien de verdad.