Espacio GA
Comienza la campaña de la Renta: plazos y novedades
El 1 de abril de 2020, comenzó oficialmente la campaña de la Renta de 2019 y también la del Patrimonio. Esta última solo para aquellos que tengan que tramitarla, y cuyos plazos de presentación transcurren en las mismas fechas que la campaña de la Renta, es decir, entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020; con la salvedad de que solo se puede hacer a través de Internet.
Así, con estas fechas sobre el calendario y en plena pandemia por coronavirus (COVID-19), la Agencia Tributaria no ha querido retrasar el plazo de presentación de declaraciones y ha mantenido las fechas acordadas desde antes de que el Ejecutivo decretara el estado de alarma.
Hacienda basa su decisión de no cambiarlo con el argumento de que la mayoría de las declaraciones se hacen por Internet y salen a devolver, con lo que sería beneficioso para la mayoría de los contribuyentes.
Novedades
La nueva aplicación de la Agencia Tributaria permite que el contribuyente pueda realizar la tramitación de su borrador o declaración de la Renta, modificar la asignación tributaria y el código IBAN de su cuenta bancaria. Además, también podrá consultar el estado de su declaración y solicitar cita previa o anular una cita ya confirmada.
Otra novedad es la simplificación del sistema de identificación, que guiará al contribuyente según sus preferencias y necesidades, para que el proceso sea más sencillo e intuitivo. En este sentido, también figura la opción “Le llamamos” que la Agencia Tributaria pone en marcha para modificar y presentar la declaración de forma telefónica.
Además de estas novedades, existen otras de carácter normativo como: límites de la obligación de declarar, reducción por obtención de rendimientos del trabajo personal, planes individuales de ahorro sistemático, gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, etc.
Recuerda que un gestor administrativo colegiado te podrá asesorar sobre tu declaración de la Renta.
Fechas clave
1 de abril: primer día de presentación de la campaña de la Renta. Todo ciudadano puede, a través de Internet con el servicio Renta Web, ver el estado de su borrador y confirmarlo o modificarlo. Es muy importante estar seguro de que el borrador es correcto, pues en este primer paso es clave, y una vez que se envíe a la Agencia Tributaria es el ciudadano el que asume el error. El colectivo de gestores administrativos advierte que los borradores pueden contener errores o no contemplar cambios en las circunstancias familiares y personales que pueden suponer hasta 300 euros de media.
(Le o resto do artigo clicando aquí)