Un juzgado debe volver a investigar un caso de violencia de género tras archivarlo de forma "absolutamente precipitada"
Por Natalia Puga
El Juzgado de Instrucción número 3 de Pontevedra deberá reabrir una causa abierta por un presunto delito de violencia de género tras haberlo cerrado de forma "absolutamente precipitada". Así se lo ha ordenado la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, que ha revisado el caso a petición de la víctima y ha ordenado que se reabra la investigacion,.
El juzgado en cuestión, especializado en delitos de violencia sobre la mujer, recibió el caso de otro órgano judicial y, nada más tramitarlo, acordó el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones y dejó sin efecto la orden de protección acordada por el Juzgado anterior. Ocurrió en mayo de este año, tan solo unos días después de la denuncia tramitada por la víctima, pero en julio la Audiencia Provincial ya ordenó volver atrás y ordenar que se practiquen nuevas diligencias de investigación para el total esclarecimiento de los hechos.
En esta causa figuran dos denuncias de la víctima contra su ex esposo, con quien ya no convive, los días 7 y 11 de mayo. En la primera expuso una situación de constante acoso por parte de su pareja y un maltrato prolongado en el tiempo que incluían empujones y agarrones de pelo, insultos como puta o zorra y vejaciones.
Tras esa primera denuncia, se le denegó la orden de protección al no apreciar en ese momento situación de riesgo objetivo.
Cuatro días después, presentó una segunda denuncia por hechos que podrían suponer un delito leve de coacciones, pues su ex esposo, según relató, realizó hasta 26 llamadas de teléfono en un espacio temporal de 6 a 7 horas, se presentó en el domicilio a las 5 de la madrugada llamando insistentemente al timbre de la vivienda y accedió al interior del vehículo de la mujer en contra de su voluntad.
Tras esa segunda denuncia, la jueza que revisó la causa acordó dictar orden de protección con medidas penales y civiles al considerar que existía una situación de riesgo objetivo para la víctima, pues no era descartable que conductas como las realizadas se repitieran o, incluso, aumentasen de intensidad.
Ese primer juzgado, sin embargo, tuvo que inhibirse en favor de otro, el especializado en materia de violencia sobre la mujer y, curiosamente, tres días después de esos hechos, el 14 de mayo, decidió archivar la causa.
La Audiencia Provincial acaba de revisar ese archivo y concluye que no comparte esa decisión, pues se acordó nada más recibir la causa el nuevo juzgado "sin la práctica de ninguna diligencia de investigación que pueda apoyarlo".
"Consideramos, en el caso concreto, que es contrario al principio de seguridad jurídica y, además, resulta absolutamente precipitado", sostiene el tribunal provincial. La Sección Cuarta reconoce que puede "estar de acuerdo en que las conductas denunciadas no revisten una especial intensidad", pero considera que "no por ello deben dejar de ser investigadas".
La Audiencia considera que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de coacciones leves sobre la mujer, sobre todo, cuando existen testigos (hermana y amiga de la víctima) que podrían dar razón de los episodios denunciados. Además, valora la posibilidad de realizar una exploración judicial a los hijos menores de edad y solicitar los correspondientes informes al CIM pontevedrés sobre la atención psicológica prestada a la víctima y si la misma es derivada del conflicto conyugal.
En relación con la orden de protección que había sido desactivada, considera que no es momento de reabrirla.