Condenan al local Dux Sanxenxo al pago de una deuda de 139.254 euros por la concesión de la terraza
Por Oskar Viéitez
El Juzgado de Instrucción número 3 de Cambados condena a la empresa Artsanxenxo S.L. que explota cuatro locales bajo el nombre comercial "Dux Sanxenxo" al pago de 139.254 euros a Nauta en concepto de una deuda de cuatro anualidades por la explotación de la terraza dedicada a la actividad hostelera.
Según han informado fuentes oficiales del Concello de Sanxenxo, desde el año 2006 y hasta la actualidad, Artsanxenxo ocupa y utiliza un espacio concesional de uso general que se encuentra delante de sus locales dedicados a hostelería para la instalación de una terraza exterior de una dimensión de 258 metros cuadrados sin realizar ningún pago por ello. Sin embargo, realiza un uso privado del espacio exterior con fines lucrativos.
La demandada efectuó el pago de las anualidades hasta 2012 través de un contrato de "Aprovechamiento espacial, ocupación y utilización privativa temporal de espacios concesionales de uso general para terraza exterior adscrito a local en el puerto de Sanxenxo".
A partir de ese momento se negó a formalizar por escrito el uso y disfrute de la terraza correspondiente a las anualidades 2013, 2014, 2015 y 2016 acumulando una deuda que asciende a la cantidad ahora condenada a abonar y a la que habrá que añadir el resto de anualidades que desde entonces se siguen devengando.
Artsanxenxo S.L. basa su defensa en la cláusula de la escritura de la cesión de locales en la que se recoge "tendrá derecho al uso de una terraza de conformidad con las disposiciones municipales". Sin embargo, el fallo señala que esto no significa que ese derecho esté incluido en la concesión del local, sino "la posibilidad de utilizar la terraza suscribiendo el contrato de uso correspondiente, tal y como se hizo desde el primer año".
La sentencia también recoge que no hay posibilidad de error. "La información facilitada por Nauta, en los propios contratos es clara desde el primer momento pues el mismo año del contrato de cesión de los locales, se firmó el contrato de aprovechamiento de la terraza, y aún si existieran dudas no aparecieron hasta pasados los seis años".
Contra este fallo del Juzgado de Instrucción número 3 de Cambados cabe la posibilidad de un recurso de apelación que ya ha tramitado Artsanxenxo y, a su vez Nauta, también ha cursado su oposición a la apelación.