La Deputación flexibiliza su calendario fiscal por el Covid-19
Por Redacción
La Deputación de Pontevedra publicó este lunes en el Boletón Oficial de la Provincia el nuevo calendario de cobro de tributos y precios públicos delegados. Este nuevo calendario fiscal afecta a los impuestos sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), o Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), o Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y diferentes tasas municipales de aquellos concellos que tienen delegados sus cobros en el ORAL.
Con el objetivo de dotar de una mayor flexibilidad a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones se estableció un plan de pagos personalizados habilitado para facilitar el pago fraccionado de los recibos. Para acogerse a este programa los interesados deben presentar su solicitud antes del 15 de junio a través de los diferentes canales de atención al público del ORAL. El pago se realizará en un máximo de seis mensualidades sin existir una cuantía mínima en los importes.
El nuevo período de pago voluntario de los impuestos es el siguiente: IVTM, do 15 de junio a 3 de septiembre; IBI, do 25 de junio ao 5 de noviembre; IAE, do 4 de septiembre ao 16 de noviembre, e respecto a tasas y precios públicos, hasta el 22 de junio, la primera cobranza; del 15 de julio al 15 de septiembre, la segunda; del 16 de septiembre al 16 de noviembre, la tercera; y del 30 de octubre al 30 de diciembre, la cuarta.
La fecha de los cargos domiciliados del plan derivado del coronavirus que pone en marcha la institución provincial será el día 5 de cada mes para el IVTM y el IBI, mientras que para el IAE será día 5 de cada mes a partir del 5 de septiembre.
Además de la publicación en el BOPPO, la Deputación de Pontevedra también publicó en la plataforma telemática con los concellos toda la información relativa al nuevo calendario fiscal y a la norma para el cobro. Dicha norma indica que el ingreso podrá realizarse a través de la oficina virtual del ORAL o a través de cualquier entidad bancaria colaboradora. Los documentos de ingreso de los recibos no domiciliados en entidades financieras se enviarán por correo postal común al domicilio único de cada contribuyente.
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