El voto particular contra la sentencia del Supremo sobre ENCE advierte del "daño irreversible" al litoral
Por Alejandro Espiño
La contundente sentencia del Supremo sobre Ence no es unánime. Una de las ponentes, la magistrada Ángeles Huet, asegura que "con todo el respeto que me merece la decisión mayoritaria" del tribunal, discrepa de la decisión y de los fundamentos que la sustentan.
Lo hace además advirtiendo claramente del "daño" que producirá la actividad de la empresa pastera en el litoral sobre el que se asienta, en plena ría de Pontevedra, en el que la fábrica de Lourizán podrá permanecer hasta el año 2073.
Tras concluir que el alto tribunal debió confirmar las sentencias de la Audiencia Nacional y desestimar los recursos de casación presentados contra este fallo, la magistrada progresista no comparte que las concesiones previas de la Ley de Costas queden excluidas de esta norma.
"No puede olvidarse", sostiene Ángeles Huet, que la prórroga que se analizaba en esta sentencia afecta a usos "incompatibles" con el dominio público marítimo terrestre y asumir ese argumento avalaría este tipo de asentamientos más de un siglo.
A los 75 años de autorización máxima se le sumarían, según esta argumentación, los 30 años que derivan del régimen transitorio de la Ley de Costas de 1988, más "el periodo que va desde el otorgamiento de la concesión, en muchos casos a mediados del siglo XX o incluso antes".
La magistrada considera que esto "va a acabar produciendo un sistema transitorio de un siglo de duración, con el impacto potencialmente irreversible sobre estos ecosistemas tan delicados", lo que "puede hacer irreversible el daño causado" al litoral.
Esto, subraya la jueza en su decisión, "impide su conservación y la sostenibilidad de su uso o genera enormes costes a largo plazo en su rehabilitación o restauración, con las consiguientes consecuencias económicas que un principio de valorización a corto plazo impide prevenir".
Toda esta argumentación, que la magistrada avala en sentencias del Tribunal Constitucional, son "razones más que suficientes para ser tenidas en cuenta" en la interpretación del Supremo, en aras de "armonizar los diversos valores y bienes constitucionales en juego".
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