La Fiscalía y los usuarios de la AP-9 ven cobros abusivos en el peaje por Rande; Audasa y el Estado, cumplimiento de la ley
Por Natalia Puga & Cristina Saiz
El juicio contra la empresa concesionaria de la autopista AP-9, Audasa, por el presunto cobro abusivo de peajes durante las obras de ampliación del puente de Rande ha quedado este miércoles visto para sentencia en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra sin cambios en el posicionamiento de las partes con respecto a sus posturas iniciales: la Fiscalía, las asociaciones En Colectivo y Adicae y una docena de afectados quieren hacer valer los derechos de los usuarios perjudicados por los continuos atascos a que se les devuelva parte del peaje pagado y la Abogacía del Estado y la empresa niegan las retenciones y aseguran que legalmente no podían no cobrarse esas tasas.
Este procedimiento se inició a raíz de la presentación de una demanda colectiva por parte de la Fiscalía Provincial de Pontevedra y, por lo tanto, fueron los dos fiscales del caso, Alejandro Tuero y Santiago Miguel Cruces, los que comenzaroncon una exposición en la que concluyeron que, durante las dos sesiones del juicio, quedó demostrado que en los 3 años que duraron las obras de ampliación del puente de Rande ese tramo de la AP-9 "no tiene condiciones de autopista" y, por lo tanto, Audasa "lo que podía haber hecho durante las obras era reducir el precio del peaje". Al no hacerlo, incurrió en una "práctica abusiva".
"¿Qué es una práctica abusiva? Pase lo que pase, nosotros vamos a cobrar igual", indicó Alejandro Tuero, que en su exposición recurrió a ejemplos fácilmente entendibles como las cláusulas suelo o el precio de la bombona de butano e indicó que Audasa debe ser condenada por esta práctica porque, a pesar de las obras y de que el servicio no era adecuado para los usuarios, "se está cobrando un peaje, el mismo que cuando la autopista funciona bien".
Los fiscales mantienen que "es Audasa y no los usuarios los que tienen que asumir ese coste" por un mal servicio y, como ejemplos de ese mal servicio, hablan de las retenciones continuas y de que, según Santiago Miguel, "no existía ni un solo cartel que permitiese al usuario que accedía a la AP-9 saber cómo se encontraba ese día", de modo que no había "libertad de elección" de otra vía alternativa ni se cumplía el "deber de información".
Durante su informe de conclusiones finales cuestionaron al perito de parte que abrió la sesión de este miércoles, por su "vinculación estrecha con Audasa" y también quisieron poner el foco sobre el hecho de que, con la sentencia que se dicte en esta causa, el magistrado Manuel Marquina tiene la "oportunidad de demostrar que en Galicia sí se protege desde primera instancia los derechos de los consumidores".
La empresa Audasa presenta una postura totalmente opuesta. Así, sus abogados niegan los 202 episodios de atascos y retenciones contabilizados por la Fiscalía entre 2015 y 2018 y, a modo de resumen, concluyen que "el tráfico ha sido fluido durante la mayor parte del tiempo de la ejecución de las obras". De hecho, tan solo reconocen "retenciones puntuales" y señalan que la mayoría fueron "ajenas a las obras".
En respuesta otra de las recriminaciones de la Fiscalía sobre la falta de señalización de las incidencias en la vía, aseguraron que "no se le puede imputar Audasa que no señalizase cuando no es algo que pueda hacer". Pues, según sostienen, es la DGT la responsable de avisar a los conductores antes de entrar en la vía de que puede encontrarse atascos y retenciones.
Por otro lado, recuerdan que "la normativa española es de obligado cumplimiento" y la Ley de Autopistas de Peaje establece la obligación de que el usuario pague el peaje por usar la autopista.
En una línea similar se manifestó el abogado del Estado, que reprochó a la Fiscalía que hable de práctica abusiva cuando, en realidad, el cobro de ese peaje "es resultado de la aplicación de una ley (la Ley de Autopistas de Peaje) y de un pliego administrativo de condiciones del servicio (el contrato firmado entre el Ministerio de Fomento -ahora Ministerio de Transporte- y Audasa). El artículo 14.2 de esa citada ley señala que los usuarios están obligados a pagar el peaje.
La Abogacía del Estado también habla de una cuestión de competencia que haría que esta causa no debería estar juzgándose en un juzgado de lo Mercantil, sino en uno Contencioso-Administrativo y cita potenciales riesgos para las cuentas estatales asociados a este procedimiento judicial pues, según sostiene "hay un gravísimo riesgo de que el importe de la condena retornarse como un boomerang a los presupuestos del Estado", de tal forma que una posible condena a Audasa en esta causa acabarían pagándola los 30 millones de españoles que pagan impuestos. L
Los abogados de las asociaciones y usuarios personados en esta causa se adhirieron a las conclusiones de la Fiscalía. Adicae representa a 65; En Colectivo a 220; y hay una docena más de usuarios que se personaron a título particular.
Terminado el juicio, los fiscales del caso señalaron, a modo de balance, que se echó de menos poder escuchar en la sala una parte importante de la prueba, "los usuarios que habían sufrido" las consecuencias de las obras. Santiago Miguel y Alejandro Tuero habían propuesto la declaración de 80 y no se admitió a ninguno, decisión con la que no están de acuerdo. Anuncian que en caso de que el resultado de la sentencia que deberá dictar el Juzgado de lo Mercantil no les satisfaga, recurrirán en segunda instancia y pedirán su testimonio.
Este juicio da por cerrado el primer episodio de una demanda en la que estos fiscales llevan trabajando más de un año y medio y, en su opinión, en las dos sesiones celebradas esta semana, se han cumplido sus pretensiones y están "realmente satisfechos" con el resultado de la prueba.
Así, creen que se confirmó lo que ellos sostenían en su demanda, que la AP-9 en esos momentos no se podría considerar una autopista y que esas molestias a los usuarios que formaron por la construcción de las obras "debían haber sido tenidas en cuenta a los efectos de moderar el precio que pagaban los ciudadanos y usuarios" en forma de peaje.
Aunque el abogado del Estado y los letrados de Audasan dicen que ese peaje debe cobrarse por ley, ellos interpretan que la ley fija un precio máximo, pero no un precio fijo. "Era lo que planteaba la Abogacía del Estado en diferentes procedimientos ante el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, pero ahora ha cambiado de opinión", cuestionan.
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