Toque de atención del Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol a los equipos que militan en Primera RFEF, entre ellos el Pontevedra Club de Fútbol.
El órgano de disciplina de la Federación ha advertido formalmente a buena parte de los equipos de la categoría por incumplir la normativa que obliga a contar con médico en su expedición tanto en los partidos que juegan como local como en los visitantes.
El Pontevedra es uno de los clubes que no ha cumplido con esta situación en sus, hasta ahora, dos desplazamientos de la temporada.
Si bien en el primero en Ponferrada la situación pasó inadvertida, esta última jornada con la visita al campo del Bilbao Athletic el colegiado del encuentro señaló en su acta arbitral la situación de la entidad granate, que no dispuso de un médico al contrario de lo que sucede en sus encuentros en Pasarón, en los que cuenta con Rogelio Álvarez para este cometido.
No es un caso único, y es que en el Grupo I en el que milita el Pontevedra el único equipo visitante que presentó médico en la última jornada fue el Real Madrid Castilla. Sucedió lo mismo en el Grupo II, en el que hasta siete equipos comparecieron sin esta figura (16 de 20 partidos disputados en total).
El filial madridista es precisamente el único del grupo que se salva de la reprimenda de Competición, que amenaza en caso de nuevo incumplimiento con sanciones, estando en la misma situación que e Pontevedra otros clubes como Guadalajara, Zamora, Mérida, Ourense CF, Racing de Ferrol, Barakaldo, Arenas Club y Real Avilés, así como en el Grupo II también el Sabadell, Juventud de Torremolinos, Hércules, Cartagena, Teruel, Marbella y Antequera.
"Visto el apartado 2.C. del acta arbitral, en el que se indica que 'El equipo visitante, Pontevedra CF, no presenta médico', se recuerda la obligación que viene impuesta a los clubs respecto del estricto cumplimiento de lo previsto en el artículo 21 de las Normas y Bases de Competición, y en el artículo 122.1.h del Reglamento General de la RFEF, en el que se establece que en la categoría de Primera Federación, será obligada la presencia de un médico con licencia activa durante la totalidad de los partidos oficiales", explica el Juez de Competición en su resolución advirtiendo "de las consecuencias previstas en el artículo 133 del Código Disciplinario de la RFEF en caso de nuevo incumplimiento".
Ese artículo al que hace referncia Competición, el 133 del Código Disciplinario de la RFEF, explica que el inclumpimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias serán sancionadas inicialmente como infracción leve, lo que puede conllevar una sanción "de multa en cuantía de hasta 602 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de hasta dos meses o de al menos dos encuentros, o clausura de hasta un partido".