La sección cuarta de la Audiencia de Pontevedra condenó a las cuatro personas, dos de Vilagarcía y otras dos de Marín, acusadas de trasladar droga desde Arousa hasta Avilés.
Uno de los imputados, residente en Vilagarcía, ha sido condenado a ocho años y medio de prisión y al pago de una multa de 700.000 euros. Otros dos responden a una pena de seis años y nueve meses de cárcel y a la entrega de 600.000 euros. Por último, una mujer, por el mismo delito contra la salud pública en cantidad de notoria importancia, a cuatro años de cárcel y a una multa de 200.000 euros.
La sentencia recoge que los cuatro imputados, al menos entre marzo y julio de 2021, realizaron actividades tendentes a "la provisión y comercialización de sustancias estupefacientes, concretamente cocaína, para su posterior distribución entre los consumidores finales o distribuidores secundarios en el mercado ilícito, conscientes del daño que para la salud pública implicaba".
Según el escrito, dos dispositivos de vigilancia y seguimiento establecidos sobre los cuatro investigados demostraron que mantuvieron encuentros para organizar el traslado de la droga a Avilés. Uno de los condenados disponía de un vehículo "adaptado específicamente para el transporte de estupefacientes, con dos compartimentos situados tras los altavoces traseros y provistos de un dispositivo de apertura eléctrica".
En el operativo policial, tal y como relataron los agentes policiales en la vista oral, fueron detenidos tres de los sospechosos en una cafetería de Avilés cuando portaban 2.030 gramos de cocaína, con una pureza del 81,9% y un valor en el mercado ilícito de 222.784 euros.
Durante el registro que se realizó en la vivienda de uno de los condenados, situada en Ravella en Vilagarcía de Arousa, la policía localizó billetes por importe de 1.366.065 euros. El acusado declaró en la vista oral que ese dinero procedía de una herencia y de una posterior inversión en criptomonedas. Según el tribunal, en sala quedó demostrado que procedían de su dedicación al tráfico de estupefacientes.
La sentencia también recoge que "no consta que los acusados actuasen motivados por la dependencia de sustancias estupefacientes ni que esta afectase a su conducta en relación con los hechos enjuiciados". Los acusados puede presentar recurso ante esta resolución de la Audiencia Provincial.