Condenan a 18 anos de prisión a Miguel Sanmartín de matar e agredir sexualmente a Isabel Pérez

Pontevedra
22 de mayo 2015

El fallo contempla la concurrencia de las circunstancias agravantes de abuso de superioridad y de parentesco, así como la atenuante analógica cualificada de embriaguez

Miguel Sanmartín Argibay, acusado de matar y violar a su novia en Marín, en la segunda sesión del juicio
Miguel Sanmartín Argibay, acusado de matar y violar a su novia en Marín, en la segunda sesión del juicio / Mónica Patxot

Atendiendo al veredicto de culpabilidad emitido por el Tribunal del Jurado, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra condena al acusado Miguel Sanmartín Argibay a 18 años de prisión como autor criminalmente responsable de un delito de homicidio y de un delito de agresión sexual contra María Isabel Pérez Fraga.

El fallo contempla la concurrencia de las circunstancias agravantes de abuso de superioridad y de parentesco, así como la atenuante analógica cualificada de embriaguez.

En concreto, por el delito de agresión sexual, la condena es de seis años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena; la medida de libertad vigilada por tiempo de ocho años y la pena accesoria de prohibicion de residir y de acudir dentro del termino municipal de Marín, durante un tiempo de siete años.

Además por el delito de homicidio, la condena es de doce años de prisión con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y la pena accesoria de prohibicion de residir y de acudir dentro del termino municipal de Marín, durante un tiempo de trece años, por el delito de homicidio.

El tribunal pontevedrés condena, asimismo, a Miguel Sanmartín Argibay a que en vía de responsabilidad civil indemnice a Francisco Manuel Pérez Fraga, hermano de la víctima, en la suma de 60.000 euros. También se imponen al condenado las costas del proceso.

Las partes pueden interponer recurso de apelación contra este fallo ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.

En la sentencia, de acuerdo con el veredicto emitido por el Tribunal del Jurado por unanimidad, se declaran "hechos probados" que el condenado, Miguel Sanmartín Argibay, el día 26 de diciembre del 2013, cuando se encontraba en casa de su novia y por "circunstancias desconocidas" propinó varios golpes a María Isabel, "sobre todo en cara y cabeza", tirándola al suelo y causándole múltiples lesiones.

Acto seguido, el acusado, aprovechando la situación de aturdimiento en la que se encontraba María Isabel a causa de los golpes recibidos y "movido por un afán de atentar contra la libre determinación sexual de ella", tras quitarle las ropas que vestía de cintura para abajo, le introdujo en la vagina un bote de spray, así como el cuello de una botella de vidrio, lo que produjo importantes lesiones a la mujer.

Casi inmediatamente, el acusado aprovechándose de dicha situación de aturdimiento en la que se encontraba María Isabel y "con la finalidad de acabar con su vida", le apretó la parte anterior del cuello con una mano, a la vez que con la otra le presionó y taponó la boca y los orificios nasales, hasta provocar su muerte por asfixia-sofocación.

Como "hecho favorable incontrovertido", la sentencia declara probado que antes de cometer el crimen, Miguel Sanmartín Argibay había ingerido bebidas alcohólicas "en cantidad suficiente como para alterar de forma moderada sus facultades de inteligencia y voluntad".