Dejan en libertad a una persona sin hogar encarcelada por incumplir el confinamiento

Pontevedra
15 de mayo 2020

Los magistrados de la Audiencia de Pontevedra, por el contrario, consideran que esta persona, "no tiene a dónde ir", por lo que el supuesto riesgo de reiteración delictiva, en caso de existir, "no es intencional" sino obligado por su situación, "que a buen seguro no es deseada por él"

Audiencia Provincial de Pontevedra
Audiencia Provincial de Pontevedra / Mónica Patxot

La Audiencia de Pontevedra ha decretado la puesta en libertad de una persona sin hogar que había sido ingresado en prisión de manera provisional por incumplir el confinamiento impuesto por el estado de alarma decretado por la crisis de la COVID-19.

El hombre, según recoge el auto judicial, fue detectado por agentes policiales en una zona pública de Cangas el pasado 15 de abril y, quince minutos más tarde, volvió a ser localizado en la calle.

Tras ser denunciado, el juzgado de instrucción número 1 de Cangas ordenó su ingreso en prisión provisional al considerar que había riesgo de fuga y de reiteración delictiva.

Los magistrados de la audiencia pontevedresa, por el contrario, consideran que esta persona, "no tiene a dónde ir", por lo que el supuesto riesgo de reiteración delictiva, en caso de existir, "no es intencional" sino obligado por su situación, "que a buen seguro no es deseada por él". 

No consta además, según los jueces, ninguna documentación que avale que esta persona hubiese abandonado voluntariamente la habitación facilitada por los servicios sociales de Vigo, ni de que tuviera la posibilidad de confinarse en algún lugar.

El tribunal recalca que, pese a la "singularidad y excepcionalidad" del momento que atraviesa el país, las normas que regulan la prisión provisional "no han variado".

La Audiencia de Pontevedra también considera "inexistente" el riesgo de fuga, pues el denunciado carece de domicilio, ya que "siempre está deambulando" por Cangas y tampoco tiene medios económicos para viajar.

Por ello, la posibilidad de que se desplace a la comunidad de Madrid, tal y como manifestó, "se antoja remota", según los magistrados, que destacan que todas las veces que fue interceptado, en otros cuatro días diferentes, estaba dentro del partido judicial de Cangas. 

El tribunal, por tanto, considera "remota" la opción de que se fugue, no solo por la carencia de medios económicos con los que costearse un medio de transporte, sino también por los controles policiales de los traslados entre localidades derivados del estado de alarma.