El joven de Cangas que mató al novio de su madre deberá cumplir 12 años y medio de internamiento en un psiquiátrico

Pontevedra
03 de diciembre 2013

La Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra ha emitido sentencia en el caso de Francisco A.M. al que un jurado popular declaró culpable. Aquel fallo condenatorio dejaba abiertas todas las posibilidades para que la magistrada dictase sentencia y finalmente ésta se ha decantado por el homicidio, según informa Faro de Vigo

Juicio por el crimen de Cangas en la Audiencia Provincial
Juicio por el crimen de Cangas en la Audiencia Provincial / Mónica Patxot

El joven de Cangas que mató al novio de su madre deberá cumplir 12 años y medio de internamiento en un centro psiquiátrico. La Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra ha emitido sentencia en el caso de Francisco A.M. al que un jurado popular declaró culpable. Aquel fallo condenatorio dejaba abiertas todas las posibilidades para que la magistrada dictase sentencia y finalmente ésta se ha decantado por el homicidio.

Según adelanta Carlos García en Faro de Vigo, el tribunal aplica a Francisco A.M., de 22 años de edad, la eximente completa de alteración psíquica, y dicta la adopción de una medida de seguridad de internamiento en un centro psiquiátrico en régimen cerrado por espacio de 12 años y medio.

Desde el momento de los hechos el procesado reconoció ser el autor del crimen. Padece un grave trastorno de la personalidad, una dolencia derivada de un accidente de tráfico con una motocicleta.

La sentencia, atendiendo al veredicto del jurado, señala que Francisco "no tenía intención de dejar sin defensa a la víctima" ya que el ataque se produjo debido al trastorno mental que padece. Por lo tanto no contempla la circunstancia agravante de alevosía que elevaría el homicidio al delito de asesinato, tampoco la de parentesco. No era esta la tesis que sostenían la Fiscalía y la acusación particular que entendía que se trató de un asesinato por lo que habían solicitado una pena de internamiento de 16 y 20 años, respectivamente.

La sentencia también establece una orden de alejamiento del procesado hacia los tres hijos de la víctima por espacio de diez años y deberá indemnizarlos con 11.000 euros para cada uno.

El tribunal consideran hechos probados que el 8 de enero de 2011, cuando Francisco se encontraba en la cocina del domicilio de su madre, en torno a las 16,15 horas, sin planteamiento previo debido a su estado mental y sin que mediara discusión previa, de forma súbita le clavó un cuchillo en el cuello en dos ocasiones al novio de su madre, subteniente de la Guardia Civil en la reserva. El agredido, Jorge Fernández Silvoso, falleció como consecuencia de shock hemorrágico por sección de la arteria carótida, produciéndose la muerte entre dos y diez minutos tras la agresión.