El primer juicio penal contra Charo Lorenzo como secretaria de la Cámara de Comercio, el 13 de junio

Pontevedra
13 de abril 2016

Se trata del juicio en el que se sentará en el banquillo junto al empresario Juan José María Lago, representante de la Cámara en Brasil, por los presuntos delitos de negociaciones prohibidas a funcionarios y cohecho. En los últimos días, el TSXG acaba de declarar procedente el segundo de tres despidos del ex vicesecretario de la entidad, Augusto Aláez

Charo Lorenzo Mónica Patxot

La secretaria de la Cámara de Comercio de Pontevedra, Rosario Lorenzo, conocida por todos como 'Charo', ya tiene fecha para su primera cita con la Justicia en el marco de las tres causas abiertas en la actualidad por sus actuaciones dentro de la entidad cameral. El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra ha fijado para el 13 de junio el juicio en el que se sentará en el banquillo junto al empresario Juan José María Lago, representante de la Cámara en Brasil, por los presuntos delitos de negociaciones prohibidas a funcionarios y cohecho.

Por el delito de cohecho, ambos acusados se enfrentan a una pena de tres años de cárcel y una multa de 18 meses con una cuota diaria de 30 euros mientras que, en el caso de Charo Lorenzo, la petición de pena formulada por el fiscal de Delitos Económicos de Pontevedra, Augusto Santaló, también incluye cinco años de inhabilitación especial para el desempeño de cargo público y, en el caso de Lago, tres años y otros cinco de prohibición para obtener subvenciones o incentivos fiscales y de la seguridad social y firmar contratos con organismos públicos.

Por el delito de negociaciones prohibidas a funcionarios, Charo Lorenzo se enfrenta a dos años de suspensión de empleo o cargo público y 10 meses multa con una cuota diaria de 30 euros. Además, la acusada deberá pagar, según el escrito de acusación de la Fiscalía, 16.200 euros por el cohecho y  9.000 por las negociaciones prohibidas a funcionarios.

Los delitos los cometieron presuntamente en el marco de la actividad de la oficina de representación de la Cámara de Comercio en Brasil, de la que era responsable Juan José María Lago, y con la que entre 2002 y 2012, la sede pontevedresa firmó contratos anuales para que realziase servicios de asesoramiento, apoyo y asistencia a las actividades de exportación e internacionalización. Por esta actividad, le pagaban 3.800 dólares al mes con fondos públicos procedentes de un programa de internacionalización subvencionado por la Xunta de Galicia.

Para cobrar esa cantidad de la Cámara de Comercio, el empresario tenía una cuenta bancaria domiciliada en Pontevedra de la que Charo Lorenzo, según la querella presentada por el fiscal en 2012, era apoderada e incluso hay constancia de que retiró periódicamente distintas cantidades, hasta rondar los 16.000 euros en tres años. A la vista de esos movimientos bancarios, el fiscal plantea que se dan irregularidades y que se puede tratar de una contraprestación que pagaba Lago a la secretaria cameral a cambio de resultar adjudicatario de los contratos de asesoramiento de la entidad en Brasil. Le acusan por cohecho porque no ha explicado el destino de las cantidades que retiró

La causa contra Charo Lorenzo es el resultado de una investigación abierta por la Fiscalía tras recibir una denuncia de varios empleados de la Cámara de Comercio de Pontevedra en el año 2011 denunciando cobros indebidos.

DESPIDO PROCEDENTE DEL EXVICESECRETARIO 

El periplo judicial de la Cámara de Pontevedra ha tenido en los últimos días otras novedades. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado procedente el despido del exvicesecretario de la entidad, Augusto Aláez, previamente declarado nulo por el Juzgado de lo Social de Pontevedra. Se trata del segundo despido del trabajador, abogado de profesión, que en septiembre de 2015 fue despedido por tercera vez y tiene pendiente un nuevo juicio por ese procedimiento que inicialmente estaba fijado para el 1 de junio, pero que ahora quedará aplazado. 

La nueva sentencia, contra la que Aláez ya anuncia que presentará recurso de casación ante el Tribunal Supremo, anula la anterior y absuelve a la Cámara de Comercio, que en primera instancia había sido condenada a indemnizar al trabajador con 20.000 euros por presuntamente vulnerar su garantía de indemnidad para defender a otro trabajador despedido de la entidad, en ese caso, el representante de los trabajadores.