El Tribunal Supremo confirma la condena a cuatro años y siete meses de cárcel impuesta en septiembre de 2012 por la Audiencia Nacional a Laureano Oubiña por un delito de blanqueo de capitales procedentes del tráfico de drogas.
La condena incluye una multa de 2.226.100 euros y el comiso de la finca denominada 'Nanín' y otras parcelas situadas cerca del que había sido su domicilio habitual, situado en A Laxe, en Vilagarcía de Arousa.
La sentencia ratifica como hechos probados que Oubiña durante su estancia en prisión, planeó junto a su esposa Esther Lago, fallecida en 2001, "la forma de aflorar y dar apariencia legal a los fondos procedentes de las operaciones de narcotráfico" que se encontraban ingresados en el Banco Popular de Melilla.
Laureano Oubiña se encuentra en libertad desde el pasado 17 de julio. Será ahora la Audiencia Nacional quien resuelva si el narcotraficante cambadés vuelve a ingresar en prisión.
En sentencia desestimatoria los magistrados de la Sala de lo Penal del Supremo rechazan los motivos planteados por las defensas de Oubiña y Emilia Cano, amiga de la que fuera su esposa Esther Lago.
Este tribunal absolvió al hijastro de Oubiña, David Pérez Lago, y a otros cuatro acusados en esta causa, al considerar que no existían pruebas suficientes en su contra.