"Fariña" no vulneró el honor de Laureano Oubiña

O Salnés
02 de febrero 2024

Oubiña reclamaba 1,5 millones de euros de indemnización, al entender que la serie de ficción había atentado contra su honor, su imagen y su intimidad. Pero el juez desestima íntegramente esta demanda porque la serie, al ser un ejercicio del derecho a la producción y creación artística, "puede apartarse de la realidad de los hechos"

Laureano Oubiña y su abogado, Jorge Paladino
Laureano Oubiña y su abogado, Jorge Paladino / EFE / Salvador Sas

El juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Vilagarcía de Arousa ha desestimado la demanda de Laureano Oubiña contra Atresmedia, Bambú Producciones y Netflix, al concluir que la serie "Fariña" no vulneró su derecho al honor.

Oubiña reclamaba 1,5 millones de euros de indemnización, al entender que la serie de ficción había atentado contra su honor, su imagen y su intimidad, recurriendo al insulto y a la calumnia para caracterizar a su personaje y con hechos que, a su juicio, no eran ciertos.

Pero el juez desestima íntegramente esta demanda e impone el pago de las costas a Oubiña, porque la serie, al ser un ejercicio del derecho a la producción y creación artística, "puede apartarse de la realidad de los hechos".

El magistrado explica en la sentencia que "Fariña" realiza una construcción narrativa a partir del panorama del narcotráfico en Galicia, particularmente en la década de los ochenta y principios de los noventa del siglo XX, abordando cómo la visión de la opinión pública fue variando hasta que la sociedad comprendió la gravedad del problema.

En su opinión, "no es un trabajo puramente periodístico que trate de consignar hechos veraces", sino una ficción que lo que pretende es una elaboración artística "con el fin de dotar a la trama de una coherencia interna y fomentar así el interés para el espectador".

"Un espectador medio no espera de una serie de ficción que refleje al 100% la realidad de los hechos, ya que para ello existen otro tipo de producciones, como los documentales, con un estándar de rigor más alto a ese respecto", sostiene el firmante de la sentencia.

En defensa de ese derecho a la producción y creación artística, el juez asegura que la serie puede apartarse de la realidad de los hechos, "siendo a veces necesario para articular un relato narrativo coherente", sin que ello suponga por sí mismo la vulneración de ningún derecho.

Toda la producción, y las escenas analizadas en particular, "o bien responden a necesidades de la trama, o bien se conectan con hechos reales que resultan públicamente conocidos, muchos de los cuales han sido expuestos por el propio demandante", subraya el juez.

Así, el magistrado recuerda que Laureano Oubiña, en entrevistas en medios de comunicación, libros e incluso en su propio documental "Desmontando Fariña", pudo ir explicando, "públicamente y con mayor precisión que la que requería la producción artística" los hechos en los que pudo estar involucrado "de un modo u otro".

La circunstancia de que algunos de ellos sean modificados en la serie, explica el juez, sin que en ninguno de los casos se pueda hablar de una "alteración desproporcionada de la realidad", constituye un ámbito protegido por el derecho fundamental de producción y creación artística.

La sentencia concluye afirmando que "no puede afirmarse que la serie suponga un menoscabo de la consideración que la sociedad tenía del demandante como personaje público, por lo que no se entiende producida ninguna vulneración de su derecho al honor".

Además, rechaza que la serie haya atentado tampoco sobre su propia imagen, ni de su intimidad personal y familiar, algo que Oubiña reclamaba por las escenas de sexo que aparecen en la serie entre su alter ego en la ficción y su esposa Esther Lago.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia de Pontevedra.