El ex presidente de la comunidad de montes de Lérez, Miguel Vilacoba García, ha quedado finalmente absuelto y libre de toda culpabilidad por el delito de apropiación indebida por el que fue juzgado y condenado en primera instancia por el Juzgado de Penal número 2 de Pontevedra por presuntamente haberse quedado con 1.075, 89 euros de la comunidad. El juez le había impuesto nueve meses de prisión, pero la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra decidió absolverle.
La sentencia, a la que ha tenido acceso PontevedraViva, estima el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Vilacoba, revoca la sentencia previa y absuelve al acusado del delito de apropiación indebida por el que fue condenado. El fallo, además, ya es firme y no cabe recurso.
El propio Vilacoba asumió durante el juicio celebrado en abril del año pasado en el Penal 2 de Pontevedra que esos 1.075,89 euros fueron a parar a su cuenta y no lo devolvió hasta tres años después, pero aclaró que todo fue fruto de "un error", pues "no era consciente de que ese dinero estaba en mi cuenta". Aunque en primera instancia el juez sí optó por condenarle, los tres magistrados de la Audiencia sí dieron por válida su defensa.
"Debemos partir de que es posible la existencia del error, esto es, la ignorancia o olvido de la existencia del ingreso", concluye el tribunal provincial, que añade que "no existe ningún dato" ni en los autos presentes en esta causa judicial ni en la sentencia recurrida "para excluir tal error". Dando por sentado este argumento, concluye que "no está acreditada la existencia del dolo" y, en consecuencia, le absuelve.
Vilacoba llegó a juicio a raíz de la denuncia presentada por la nueva directiva de los comuneros. Aunque todo ocurrió en 2014, los hechos no salieron a la luz hasta 2017, cuando, tras el cambio de directiva, se realizó una revisión de las cuentas y los nuevos gestores descubrieron que la comunidad no había llegado a recibir ese ingreso, que había ido a parar al ex presidente.
La primera sentencia condenatoria y esta absolutoria consideran como probados los mismos hechos, pero hacen una interpretación diferente de los mismos. Así, consideran que entre el 23 y el 24 de marzo de 2014 tuvo lugar un robo en la Casa de la Cultura propiedad de la Comunidad de Montes en Mano Común de Lérez, en la que se ocasionaron daños en el establecimiento y se sustrajeron diversos objetos y que Vilacoba, como presidente presentó denuncia y dio parte del siniestro a la compañía aseguradora.
En ese momento, proporcionó a la aseguradora, para el pago de la indemnización correspondiente, su número de cuenta y no el de la comunidad. De esta forma, esos 1.075,89 euros de indemnización por el siniestro acabaron en su cuenta y no los devolvió hasta tres meses después de abandonar la presidencia.
Atendiendo al recurso presentado por la defensa de Vilacoba, la Audiencia da credibilidad a dos testigos que acreditan que no fue a iniciativa del acusado el hecho de que el ingreso se produjera en una cuenta de su propiedad y que, cuando se le puso de manifiesto el problema, no lo negó, sino que confirmó que tenía el dinero e, inmediatamente, lo restituyó.
Además, tiene en consideración que en su cuenta había fondos elevaos y, por lo tanto, "es posible que un ingreso de poco más de 1.000 euros le pasara desapercibido". De esta forma, admiten "como posible que se produjera un olvido relativo al ingreso".