Portos de Galicia declara la innecesariedad de terrenos en Bueu, Cambados y Vilanova

O Salnés
06 de febrero 2025

El ente público remata así los trámites de su competencia en los muelles incluidos en la primera fase del procedimiento de devolución al Estado de la titularidad de suelo que registra uso público vecinal

O presidente de Portos de Galicia, José Antonio Álvarez
O presidente de Portos de Galicia, José Antonio Álvarez /

El Consejo Rector de Portos de Galicia aprobó este jueves declaración de innecesariedad de terrenos portuarios que no registran actividad portuaria en ocho municipios.

Esta declaración establece las bases para su reversión a la Administración General del Estado.

De este modo, estos terrenos podrán ser transferidos a los concellos interesados en asumir la titularidad de este suelo de uso público vecinal.

Esta declaración de innecesariedad afecta a terrenos de los municipios de Bueu, Cambados y Vilanova de Arousa y también en los de Foz, Ponteceso, A Pobra do Caramiñal, Cangas y A Guarda.

Para delimitar el suelo susceptible de revertir en el Estado, Portos de Galicia celebró reuniones con todos los alcaldes de los concellos afectados con el fin de acordar la propuesta en base a criterios estrictamente técnicos que fueron además consensuados con la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp).

Consello Rector de Portos de Galicia
Consejo Rector de Portos de Galicia

Con esta declaración de innecesariedad Portos de Galicia remata los trámites de su competencia dentro del procedimiento de reversión de los terrenos incluidos en la primera fase.

En esta fase se incluye, además de los declarados hoy innecesarios, el puerto de Santa Cruz, en Oleiros, en su totalidad, que ya había cumplimentado este trámite con anterioridad.

La propuesta conjunta de reversión de terrenos en los nueve puertos se trasladará ahora a la Consellería de Facenda, que, tras su análisis patrimonial, la elevará al Consello da Xunta.

Una vez aprobada por el Ejecutivo gallego, se remitirá al Gobierno central para su tramitación y, en su caso, aprobación final en Consejo de Ministros.