Un hombre de 37 años reconoció en la Audiencia Provincial de Pontevedra que en noviembre de 2019 cometió un delito agresión sexual del que la víctima fue una amiga que se opuso "insistentemente" a mantener relaciones sexuales con él.
El acusado llegó a un acuerdo con la Fiscalía y con la acusación por el que se redujo la pena de prisión. Finalmente, fue condenado con su conformidad a dos años, si bien podrá eludir el ingreso.
Fruto de ese acuerdo, se suspende la pena de prisión con la condición de que no delinca durante cuatro años y de que cumpla durante ese tiempo con las condiciones de no aproximarse a menos de 100 metros de su víctima , su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por ella, así como de comunicarse con ella por cualquier medio.
Además, si quiere evitar ir a prisión deberá participar en un programa de educación sexual.
Los hechos ocurrieron en Vilanova de Arousa en el domicilio del acusado, al que la víctima, diez años menor que él, acudió para conversar con él sobre un incidente del día anterior. Él le había enviado un mensaje de WhatsApp donde le decía "eres una pequeña y asquerosa putita".
Tal y como recoge la sentencia de la sección cuarta de la Audiencia, ambos estaban en la habitación de él cuando, en un momento dado, "la agarró de las muñecas, le escupió en la cara" y empezó a desnudarla y realizarle tocamientos pese a ella "le decía insistentemente que parase y la dejara irse".
"Sin atender a sus ruegos", según él mismo reconoció, le tapó la boca, la agarró por la garganta y la agredió sexalmente "mientras la mujer seguía pidiéndole que parase".
Como consecuencia de estos hechos, su víctima presentó síntomas compatible con el trastorno de estrés postraumático, con relevante ansiedad, conductas de evitación, sintomatología depresiva, sentimientos de estigmatización, gran aislamiento, restricción social, tristeza, culpa y desamparo, que requirieron de tratamiento psiquiátrico y psicológico.
Los hechos ocurrieron el día 28 de noviembre de 2025, si bien llegaron a juicio en Pontevdra el 9 de octubre de 2025.
La sentencia le condena como autor de un delito de agresión sexual en el que se aplican las atenuantes de reparación del daño y de dilaciones indebidas.
Además de la pena de prisión que podrá eludir, le condenan a siete años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad y prohibición de aproximarse a su víctima o comunicarse con ella durante diez años.
Se le impuso también cinco años de libertad vigilada y una responsabilidad civil de 20.000 euros por el tratamiento psicológico y daños morales. El acusado ya consignó esa cantidad en el juzgado.