Competición sanciona con dos partidos a Rubén Domínguez y rechaza el recurso por la roja a Cuesta

Pontevedra
20 de mayo 2026

El castigo impediría al entrenador del Pontevedra dirigir al equipo desde el banquillo en el primer partido del play-off de ascenso en caso de lograr la clasificación frente al Avilés

Rubén Domínguez en el partido entre Pontevedra CF y Cacereño en Pasarón
Rubén Domínguez en el partido entre Pontevedra CF y Cacereño en Pasarón / Cristina Saiz

Rubén Domínguez no podrá sentarse en el banquillo de Pasarón en la decisiva última jornada de liga frente al Real Avilés y tampoco en el primer partido de un posible play-off, en el caso de que los granates certifiquen su presencia en la fase de ascenso a Segunda División.

El Juez Disciplinario Único para Competiciones No Profesionales ha castigado al técnico del Pontevedra con dos encuentros de suspensión por la tarjeta roja que vio en el último partido de liga en Tenerife.

Justificó en aquel momento el colegiado del choque, en el acta arbitral, que la decisión de expulsar a Rubén Domínguez se produjo "por salir del área técnica gritando y gesticulando, protestando una de mis decisiones lanzando la tarjeta de solicitud del FVS al cuarto árbitro y quedando esta en el suelo".

Ahora el Juez de Competición le impone un partido de sanción por sus protestas al equipo arbitral y otro encuentro añadido "por conducta contraria al buen orden deportivo".

RECHAZADAS LAS ALEGACIONES POR LA SEGUNDA AMARILLA DE MIGUEL CUESTA

El Pontevedra presentó recurso ante Competición por la expulsión sufrida por Miguel Cuesta en el citado duelo en Tenerife, en su caso por doble amonestación.

La entidad granate solicitaba la retirada de la segunda tarjeta amarilla al entender que existía un "error manifiesto del árbitro" en su interpretación de la jugada, afirmando que el lateral granate no había sujetado en ningún momento al futbolista rival, y que este se fue al suelo "tras un ligero contacto entre los brazos de ambos jugadores".

"En ningún momento se produce el contacto necesario para desequilibrar al jugador del equipo local", señalaba el Pontevedra en su escrito.

Este argumento, apoyado en tres pruebas videográficas de la jugada, no ha hecho cambiar la decisión del organismo sancionador al entender el Juez que "de tales imágenes no puede por tanto deducirse que sucedieran las cosas de un modo diferente, prevaleciendo la presunción de veracidad de la que goza el acta arbitral".