Absuelto un entrenador acusado de agresión y abuso sexual a menores por ser relaciones "plenamente consentidas"

Pontevedra
05 de abril 2024
Actualizada: 30 de septiembre

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha decidido absolver a un joven que fue juzgado porque presuntamente entre los años 2012 y 2016 abusó de una niña de 13 a la que daba clases de guitarra y agredió sexualmente a otras dos menores, su novia y una chica de 14 años a la que entrenaba

Joven acusado de abuso y agresión sexual a tres menores
Joven acusado de abuso y agresión sexual a tres menores / Mónica Patxot

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha decidido absolver a un joven que fue juzgado porque presuntamente entre los años 2012 y 2016 abusó de una niña de 13 a la que daba clases de guitarra y agredió sexualmente a otras dos menores, su novia y una chica de 14 años a la que entrenaba, al considerar que con la primera hay una "absoluta falta de prueba de los hechos" y con las otras dos se trató de relaciones "plenamente consentidas".

El hombre, que primero fue jugador juvenil y luego segundo entrenador de un club de baloncesto, estaba acusado de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años, un delito continuado de agresión sexual y un delito de abuso sexual. En todos ellos, la Audiencia concluye que debe salir absuelto. 

En el caso de la supuesta agresión a la chica a la que entrenaba, la Audiencia concluye que el acusado "conocía perfectamente" la edad de la menor, con quien mantuvo relaciones sexuales desde que cumplió los 14 años y hasta principios de 2016, pero que fueron relaciones "plenamente consentidas con ella y lícitas".

Además, el tribunal señala que  no se ha acreditado que el acusado "conociera el desvalor de la acción que cometía con la menor y lo inadecuado de la conducta".

Insiste en que todas las relaciones sexuales fueron "mantenidas voluntariamente" y descarta que haya en la menor alguna circunstancia que "determine vicio alguno de consentimiento por prevalimiento, que exige una situación de superioridad que coloque a la víctima en un estado o circunstancias tales que su consentimiento formalmente prestado no pueda valorarse como un ejercicio libre de su autodeterminación sexual".

Al respecto, indica que las declaraciones tanto de él como de ella descartan esa situación de superioridad, pues el acusado era el segundo entrenador del club de baloncesto en el que jugaba la menor, pero solo llevó un par de entrenamientos del equipo en el que jugaba la menor y dos partidos y tampoco la chica hizo ninguna referencia acerca de que hiciese uso de tal condición de entrenador.

El segundo caso, en el que la supuesta víctima fue novia del acusado, el tribunal señala que mantuvieron una relación de pareja entre marzo de 2013 y mayo de 2016 y, durante la relación, hubo periodos de rupturas, mantuvieron relaciones sexuales que "no consta fuesen forzadas ni sin su consentimiento".

La relación empezó siendo la chica menor de edad, cuando él llegó al club de baloncesto en el año 2012 y coincidieron en los entrenamientos, cuando él aún no era entrenador. Ella tenía 16 años; y él 18.

La Audiencia explica que debe absolverle aplicando el principio in dubio pro reo, pues entiende que no ha quedada acreditada “a realidad de las relaciones inconsentidas" e indica que tampoco existe prueba alguna que acredite que el acusado "estuviese en una posición de superioridad respecto de la víctima, de edad próxima y con inquietudes semejantes y aspecto físico similar".

Según la Audiencia, no existe "desproporción o asimetría física o psíquica entre ambos" y no consta que ella padeciese estrés postraumático que precisase tratamiento terapéutico como consecuencia de estos hechos”.

En cuanto al caso de abuso, en el que el acusado supuestamente realizó tocamientos en dos ocasiones a su alumna de clases de guitarra durante el año 2016, la Audiencia concluye que no hay pruebas. La niña tenía 13 años.