Audasa deberá compensar a usuarios por el colapso de tráfico durante la ampliación de Rande

Pontevedra
28 de febrero 2026
Actualizada: 7:14

La Audiencia de A Coruña ha condenado a Audasa a devolver la mitad de los peajes cobrados en la AP-9 durante las obras del puente de Rande en los días con atascos graves

Puente de Rande
Puente de Rande /

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a Autopistas del Atlántico S.A. (Audasa) a devolver parcialmente los peajes abonados por usuarios de la AP-9 durante las obras de ampliación del puente de Rande y de los accesos a O Morrazo y Teis, ejecutadas entre febrero de 2015 y junio de 2018.

El tribunal considera que la concesionaria incurrió en un "cumplimiento defectuoso" de sus obligaciones cuando las obras afectaron a la fluidez del tráfico y, pese a ello, no informó con la debida antelación a los conductores.

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, resuelve los recursos de apelación interpuestos contra el fallo previo del Juzgado de Primera Instancia número 12 de A Coruña.

Confirma la condena a indemnizar a los demandantes, 21 personas físicas y jurídicas, en su mayoría empresas de transporte gallegas, pero matiza el alcance de la devolución.

La Audiencia establece que Audasa deberá reintegrar la mitad del peaje correspondiente a aquellos días en los que, según informes de la Dirección General de Tráfico (DGT), el nivel de servicio de la vía fue catalogado como negro, rojo o amarillo, es decir, cuando se acreditaron retenciones intensas o muy intensas.

Eso sí, los afectados deberán justificar el trayecto realizado mediante tiques o facturas de telepeaje. Si no hay acuerdo sobre las cantidades, la determinación se hará en fase de ejecución de sentencia.

Los 21 demandantes reclamaban inicialmente la devolución de 63.275,73 euros por los peajes pagados en tramos afectados por atascos y reducción de carriles. Sin embargo, el tribunal rechaza que el mero hecho de que hubiera obras baste para declarar un incumplimiento generalizado durante todo el periodo.

"No compartimos el criterio de que la mera existencia de obras justifique el incumplimiento contractual", señala la resolución.

Para los magistrados, el incumplimiento se produjo únicamente "cuando las obras afectaron a la fluidez y prestaciones propias de la autopista y, a pesar de ello, no se informó de esta circunstancia a los usuarios con la antelación suficiente para evitar el atasco o poder escoger una ruta alternativa".

La sentencia es especialmente crítica con la actuación de la concesionaria. Subraya que Audasa, pese a conocer la larga duración de las obras y que en determinados momentos el servicio se prestaría de forma deficitaria, "no adoptó ninguna medida", ni rebajó el precio del peaje ni compensó a los usuarios por la merma en las prestaciones.

"Lo que no es admisible es que la contraprestación del usuario sea la misma que cuando el servicio se presta en condiciones de normalidad", recalca la sala. Cobrar el importe íntegro cuando el servicio era "deficiente, incluso en ocasiones caótico, con largas retenciones de vehículos", rompe el equilibrio contractual, ya que el usuario cumple íntegramente su obligación de pago mientras recibe una prestación inferior.

El tribunal también rechaza el argumento de la empresa de que quienes accedían a la autopista lo hacían con pleno conocimiento de que había obras. Aunque los conductores supieran que existían trabajos en curso, desconocían las concretas irregularidades del tráfico y las consecuencias que encontrarían en cada trayecto, señalan los jueces.

La decisión se suma a la doctrina fijada hace cinco meses por el Tribunal Supremo, que consideró abusivo cobrar peajes íntegros cuando una autopista en obras merma sustancialmente la calidad del servicio. Aquel primer pronunciamiento partió de una denuncia de la Fiscalía de Pontevedra, a la que se adhirieron la plataforma En Colectivo y la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae).

En este caso, la demanda fue presentada en A Coruña y tramitada por el abogado Xoán Antón Pérez-Lema en nombre de 21 afectados. La Audiencia considera probado que, durante tres años y medio, los usuarios que circularon por el tramo afectado de la AP-9 pagaron el peaje íntegro "sin recibir en contraprestación los servicios en condiciones de normalidad".

Las obras de ampliación del puente de Rande no solo provocaron retenciones prolongadas, sino que llevan aparejada una subida acumulativa del 1 % anual en los peajes hasta 2038 para financiar la actuación. Además, el coste reconocido de la obra se incrementa cada año por intereses de demora del 8 % a favor de la concesionaria, lo que eleva de forma notable la factura final que asumirán los usuarios.

Audasa ha defendido en los distintos procedimientos que las obras se ejecutaron al amparo de convenios firmados con el Ministerio de Transportes y que, al mantener la autopista abierta al tráfico, conservaba el derecho a cobrar el peaje íntegro para garantizar el equilibrio económico-financiero de la concesión.

La Audiencia, sin embargo, introduce un matiz al señalar que el equilibrio financiero de la concesión no puede sostenerse a costa de trasladar íntegramente al usuario las consecuencias de un servicio prestado en condiciones inferiores a las exigibles en una autopista de pago.

El fallo abre la puerta a nuevas reclamaciones, aunque cada caso deberá acreditar que el trayecto se realizó en días de tráfico especialmente congestionado. La última palabra, por ahora, podría volver a estar en el Tribunal Supremo.