Confirman la condena a dos hombres por vender cocaína y heroína en Vilagarcía

O Salnés
15 de abril 2025

El TSXG acaba de confirmar la condena a dos hombres a los que la Audiencia de Pontevedra impuso dos años y dos años y dos meses de prisión por tráfico de drogas

Sala de vistas de la Audiencia Provincial de Pontevedra
Sala de vistas de la Audiencia Provincial de Pontevedra / Mónica Patxot

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de confirmar la condena a dos hombres a los que la Audiencia Provincial de Pontevedra impuso dos años y dos años y dos meses de prisión por tráfico de drogas. 

Los hechos ocurrieron en mayo de 2022. Según ambos tribunales, entre las 11:50 y las 12:00 horas, los dos acusados se reunieron en una plaza de Vilagarcía de Arousa y uno de ellos entregó al otro cierta cantidad de droga

Le entregó 12 envoltorios de plástico de color negro termosellados con 1,923 gramos de heroína valorada en 567,9 euros y 12 envoltorios de plástico de color blanco termosellados con 1,163 gramos de cocaína valorada en 296.1 euros. 

Le entregó esta droga, según ambas sentencias, "para su venta a terceros" y el intercambio fue presenciado por policías. 

La sección cuarta de la Audiencia les condenó por un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud y, tras el recurso presentado, el TSXG decidió confirmar el fallo inicial.

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG confirma la sentencia condenatoria, que tiene en cuenta que en el caso de uno de los acusados concurre la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante analógica de drogadicción.

Los magistrados del TSXG destacan la veracidad de las declaraciones de los agentes de policía que presenciaron el intercambio de estupefacientes entre ambos procesados, ya que tras los hechos abordaron a uno de ellos y le incautaron los paquetes con una sustancia que tras su análisis resultó ser heroína y cocaína. 

Las defensas de los acusados alegaron en su apelación que, cuando sucedieron los hechos, el conocimiento o la voluntad de los procesados estuvieran anuladas, pero el tribunal concluye en su sentencia que "no existe prueba alguna acreditativa" de ello.