El conocido como crimen de Chancelas, el asesinato del anciano Secundino Prego a las puertas de su domicilio, regresa a los tribunales. La sala segunda del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acogerá este martes 18 de octubre la vista de apelación por este caso, después de que las dos acusadas hayan decidido recurrir la sentencia de la Audiencia de Pontevedra.
Esta apelación ya había sido anunciada por sus respectivos letrados tras la lectura del veredicto del jurado popular, que consideró probado que Albertina Táboas y Rocío Gondar se pusieron de acuerdo para acabar con la vida del hombre al que cuidaban. Por estos hechos fueron condenadas a 22 y 20 años y medio de prisión, respectivamente.
La sentencia de la Audiencia pontevedresa considera probado que las dos mujeres "de mutuo acuerdo" mataron a Secundino entre las 22.15 y las 23.50 horas del 2 de febrero de 2014, tras asaltar de forma "súbita e inesperada" la víctima en el camino de acceso a su vivienda de Chancelas, sin que este pudiese defenderse.
Le golpearon "repetidamente", más de 18 veces -tres de ellas mortales de necesidad- con una sartén, su propio bastón y una piedra, hasta acabar con su vida.
Tras ello, las dos mujeres llamaron al 112, a la Policía Nacional y a la Guardia Civil fingiendo que estaban siendo víctimas de un robo para tratar así de encubrir el crimen.
Albertina Táboas, que había sido nombrada heredera universal cinco días antes del crimen a cambio de cuidarlo, "planeó" la muerte del anciano para quedarse con sus bienes "ante el temor de que pudiera revocar el testamento" y ofreció una cantidad de dinero a Rocío, aceptado por ésta, como recompensa para que le ayudara a matarlo.
Con respecto al testamento, se decretó su nulidad. Según la sentencia, la "verdadera intención" de la mujer "era solamente heredar sus bienes" y para ello "dio muerte" al anciano.
El letrado de Albertina anunció entonces que recurriría la sentencia porque su cliente se reconoce culpable de un delito de encubrimiento, pero niega ser la autora del asesinato. Se lo imputa a Rocío, que también apela este fallo judicial porque, a pesar de confesar su culpabilidad, su defensa denunció que los informes psicológicos de la joven no se realizaron adecuadamente y no reflejaron su trastorno de personalidad.