El juzgado rechaza el archivo de la causa contra Louzán, su esposa y un diputado de Pazos de Borbén

Pontevedra
20 de febrero 2015

El Juzgado mixto número dos de Cambados ha acordado incoar procedimiento ante el tribunal del jurado en la causa que se sigue por presuntas irregularidades en el alquiler y compra de inmuebles por parte del presidente de la Deputación Provincial de Pontevedra, Rafael Louzán; su esposa, María Teresa Cores Fernández, como cotitular de los bajos comerciales investigados; y del diputado del PP de Pazos de Borbén Severino Reguera Varela

Rafael Louzán, presidente de la Deputación de Pontevedra
Rafael Louzán, presidente de la Deputación de Pontevedra / Deputación

El Juzgado mixto número dos de Cambados ha acordado incoar procedimiento ante el tribunal del jurado en la causa que se sigue por presuntas irregularidades en el alquiler y compra de inmuebles por parte del presidente de la Deputación Provincial de Pontevedra, Rafael Louzán; su esposa, María Teresa Cores Fernández, como cotitular de los bajos comerciales investigados; y quien los alquiló, el diputado del PP de Pazos de Borbén Severino Reguera Varela.

Según informa el gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en el mismo auto, el juez responde que no ha lugar al archivo de la causa solicitado en noviembre por los dos primeros imputados anteriormente mencionados.

Se indica en el auto que el resultado de las diligencias de averiguación realizadas permite sostener que los hechos investigados podrían dar lugar a un delito de cohecho impropio en el caso del diputado y a un delito continuado de cohecho en el caso del presidente de la Deputación y su esposa.

La investigación abierta por la Fiscalía de Delitos Económicos de Pontevedra deriva de una denuncia anónima presentada en el año 2013 tras haberse hecho pública la declaración de bienes patrimoniales de los diputados provinciales, y que relaciona a Rafael Louzán y a su mujer con el cobro de un precio de alquiler de bajos comerciales muy por encima de lo estipulado para otros inmuebles similares en la zona de Navia en la ciudad viguesa. El diputado 'popular' Severino Reguera es quien tiene arrendados esos locales.

En el caso de Louzán y su mujer la querella se presentó por el delito de cohecho continuado del artículo 422 del Código Penal, que recoge la actuación de la "autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, admitiera, por sí o por persona interpuesta, dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función". El delito puede derivar en una pena de prisión de seis meses a un año y a suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años.

En el caso del diputado Severino Reguera, la imputación es por el delito de cohecho impropio continuado del artículo 424 Código Penal, un delito en el que se persigue al "particular que ofreciere o entregare dádiva o retribución de cualquier otra clase a una autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o un acto propio de su cargo, para que no realice o retrase el que debiera practicar, o en consideración a su cargo o función". Será castigado con las mismas penas de prisión y multa que la autoridad, funcionario o persona corrompida.