El TSXG no ve delito en los regalos de Vega Sicilia del dueño de Monbús a Rueda y Feijóo

Pontevedra
28 de marzo 2017

El TSXG considera que los regalos o dádivas de "ínfimo valor" o que representen "un comportamiento no sujeto a reprobación social" no pueden considerarse un delito de cohecho, pues, además, en la situación investigada "en ningún caso" se compromete la imparcialidad de Feijóo o Rueda en el ejercicio de su cargo o función pública

Alberto Núñez Feijóo celebrando la victoria electoral junto a Alfonso Rueda y Pedro Puy
Alberto Núñez Feijóo celebrando la victoria electoral junto a Alfonso Rueda y Pedro Puy / PPdeG

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decidido archivar la causa abierta para investigar si el presidente y el vicepresidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo y Alfonso Rueda Valenzuela, habían incurrido en alguna ilegalidad al aceptar durante años regalos navideños de lotes de vino Vega Sicilia del propietario del grupo Monbus, Raúl López, investigado por ocho delitos en la denominada operación Condor

La jueza de Instrucción número 1 de Lugo, Pilar de Lara, elevó una pieza razonada al TSXG para que, dada su condición de aforados, decidiese si había o no causa contra ellos por un delito de cohecho y la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior se declaró competente para ver el tema, pero acordó el archivo de las actuaciones "por no ser constitutivos de delito". La resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de súplica. 

El TSXG considera que los regalos o dádivas de "ínfimo valor" o que representen "un comportamiento no sujeto a reprobación social" no pueden considerarse un delito de cohecho, pues, además, en la situación investigada "en ningún caso" se compromete la imparcialidad de Feijóo o Rueda en el ejercicio de su cargo o función pública.

Ambos aparecen junto a decenas de personas en un informe del Servicio de Vigilancia Aduanera porque entre los años 2008 y 2013 recibieron en sus casas particulares de Vigo -Feijóo- y Pontevedra -Rueda- el vino. El TSXG considera que aceptar esos regalos tampoco es "susceptible de ser indiciariamente tenido como delictivo", entre otras cuestiones, porque los lotes de vino se enviaron a una pluralidad de personas

La resolución judicial también recuerda que esos regalos se entregaron cuando aún no había entrado en vigor el Código Ético Institucional de la Xunta de Galicia que regula la aceptación de regalos y que llegaron a sus casas a través de empresas o servicios de transporte habitualmente utilizados para envíos ordinarios y "sin concurrencia alguna de la nota de clandestinidad". Se trata, insiste el tribunal, de regalos en días navideños y elementos "no desacostumbrados en tales fechas, de carácter consumible y perecedero".