En su cruzada por recuperar la antigua marisma de Lourizán, la asociación ecologista "Salvemos Pontevedra" ha dado un importante paso consiguiendo que la Audiencia Nacional condene al Estado y le obligue a incoar un expediente de caducidad de la concesión de ENCE, y a la paralización y cierre de las actividades en la ría.
Este colectivo social y apolítico que preside Francisco Díaz Sánchez, al que acompañan Fabián Estévez, Jesús López, Pilar Taboada y Edelmiro Domínguez, entre otros, se han empeñado en recuperar este enclave natural, luchando incluso contra las propias administraciones, y obteniendo importantes víctorias en los tribunales.
La última es esta sentencia emitida el pasado 19 de abril por la Sala de lo Contencionso de la Audiencia Nacional sobre la situación administrativa de los terrenos que ocupa la depuradora de Os Praceres y el emisario submarino en las antiguas marismas de Lourizán y que, de rebote, alcanza a la propia concesión de la empresa ENCE.
Fundamenta el fallo en que ENCE "carece de concesión de ocupación del dominio público marítimo terrestre" porque no hizo los trámites oportunos para renovar la concesión cuando dejó de ser una empresa dependiente del Estado para ser privatizada.
Antes de ENCE, ELNOSA, la Estación Depuradora de Aguas Residuales (Edar) y el emisario submarino, Salvemos Pontevedra ha logrado similares condenas contra la cementera Holcim o contra los antiguos terrenos de la empresa Malvar, y están pendientes de los recursos planteados contra la autovía de Marín, la variante y el supernudo.
ENCE PRESENTARÁ RECURSO
Desde la entidad pastera ya se ha anunciado que, ante este fallo, van a presentar un recurso ante el Tribunal Supremo. Según se indica desde el departamento de comunicación de la fábrica de Lourizán, "la sentencia no declara la nulidad de la concesión porque no entra en el fondo del asunto". Se limita a una cuestión procedimental derivada de un silencio administrativo, según afirman desde la empresa, y añaden que en relación con el procedimiento de caducidad de la concesión no se prejuzga el resultado de este procedimiento.