La campaña de la Renta esquiva el coronavirus y comenzará el 1 de abril

Pontevedra
19 de marzo 2020

La disposición general del Ministerio de Hacienda que se publica este jueves en el BOE, en el que no se realiza mención al estado de alerta en el que se encuentra el Estado, se establece una simplificación en la consignación de los inmuebles. El plazo de presentaciíon finalizará el 30 de junio de 2020. Según indican desde Hacienda, de esta forma los contribuyentes recibirán cuanto antes sus devoluciones

Delegación de Hacienda - Agencia Tributaria en Pontevedra
Delegación de Hacienda - Agencia Tributaria en Pontevedra / Mónica Patxot

El 1 de abril se iniciará la campaña para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así lo recoge este jueves 19 el Boletín Oficial del Estado, sin que se haga referencia en las disposiciones gerenales establecidas por el Ministerio de Hacienda al estado de alerta en el que se encuentra en estos momentos el territorio nacional por la expansión del coronavirus.

El plazo finalizará el 30 de junio, según lo que se recoge en el BOE, que publica los modelos de declaración del IRPF y el impuesto de patrimonio de 2019. Según señalan al diario ABC desde el Ministerio, el 70% de las declaraciones salen a devolver y por tanto, con esta medida, se quiere beneficiar a los contribuyentes para que reciban sus devoluciones cuanto antes

Las principales novedades se encuentran en que se simplifica la consignación de los inmuebles propiedad del contribuyente y para que resulte más sencillo declarar las rentas de inmuebles que se hayan alquilado, el borrador desglosa conceptos como los gastos deducibles o la amortización para calcular el rendimiento neto de capital.

Otra de las novedades es la simplificación en la identificación del domicilio fiscal del contribuyente. Se establece un apartado separado para estos datos. También resultará más fácil realizar la declaración de rendimientos de actividades económicas de estimación directa.

Todos los contribuyentes podrán acceder a su borrador a través del programa Renta web, con la identificación a través de certificado electrónico, cl@ve PIN o con el número de referencia donde podrán modificarlo, confirmarlo y presentarlo.

Las declaraciones se podrán presentar por internet y por teléfono o acercándose a las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, previa solicitud de cita.