La justicia dictamina que las obras en ENCE precisan de licencia municipal

Pontevedra
08 de febrero 2021
Actualizada: 18:30

La empresa no solicitó licencia al entender que los trabajos que se estaban ejecutando, y que fueron paralizados por el Concello, estaban recogidas en el plan sectorial, pero los tribunales concluyen que no era así y que dichos trabajos no se encuentran detallados en ningún documento

Fábrica de ENCE en Lourizán Mónica Patxot

Las obras que la compañía Ence haga en el interior de su complejo industrial de Lourizán precisan de licencia municipal y no están amparadas por el plan sectorial de incidencia supramunicipal aprobado en su día. Así lo ha sentenciado un juzgado de Pontevedra.

El juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Pontevedra ha desestimado el recurso presentado por Ence tras la paralización por parte del Concello de unas obras en materia de eficiencia energética que estaba realizando en 2018.

La empresa no solicitó licencia al entender que los trabajos que se estaban ejecutando estaban recogidas en el plan sectorial, pero los tribunales concluyen que no era así y que dichos trabajos no se encuentran detallados en ningún documento. 

La sentencia recoge que "no consta prueba" de que estas obras, como defendía Ence, figurasen en dicho plan. Tras destacar que esta tesis es "concluyente", el juzgado insiste en que "no se trata de que tengan cabida o se encuentren en el ámbito ordenado por el plan", sino que como obliga la normativa no están "definidas detalladamente" ni tan siquiera "referidas" en este proyecto. 

Este fallo, que ha sido divulgado por el Concello, obliga a Ence a solicitar licencia para estas obras y a pagar la tasa correspondiente. "Deben seguir os trámites ordinarios de todas as empresas", ha explicado la portavoz del ejecutivo local, Anabel Gulías.

Inspectores del Concello harán una próxima visita a las instalaciones de la empresa pastera para comprobar en qué punto están de ejecución estas obras y valorar la posibilidad de sancionarla por incumplir la normativa urbanística vigente.

"Ninguna empresa está por riba do ben e do mal", ha concluido Gulías.

Desde Ence, tras conocerse esta sentencia, reiteran que las obras objeto del recurso son de "marcado interés general" y de una "indudable" incidencia supramunicipal. Además, defienden que se encuentran amparadas y "suficientemente detalladas" en el proyecto sectorial.

Por ello, la compañía ha presentado un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.