Reconocen a un policía local el derecho a cobrar vacaciones que no disfrutó porque estuvo de baja justo antes de jubilarse

Pontevedra
14 de enero 2026

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 estima íntegramente el recurso presentado por el agente ante el Concello de Pontevedra. El funcionario se jubiló en 2024 después de 39 años de servicio

Agente de la Policía Local de Pontevedra
Agente de la Policía Local de Pontevedra / Mónica Patxot

El Concello de Pontevedra deberá pagar a un agente de la Policía Local las vacaciones que no disfrutó porque estuvo de baja médica justo antes de jubilarse.

Así lo dispone una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra que acaba de dar a conocer el sindicato CCOO.

El juzgado estima íntegramente el recurso presentado por el agente pontevedrés y obliga al Concello a pagarle los días de vacaciones no disfrutados del año 2024.

La resolución es firme desde esta semana al no presentar recurso la administración local, según indica el sindicato.

El agente se jubiló tras 39 años de servicio en la Policía Local de Pontevedra y acudió al juzgado como resultado de la decisión del Concello, que dictó dos resoluciones administrativas negando una compensación económica por esos días de vacaciones correspondientes al año 2024.

El funcionario sostiene que no pudo disfrutar de sus vacaciones debido a su incapacidad temporal, que se prolongó hasta la fecha de su jubilación. Basó su demanda en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que interpreta el artículo 7.2 de la Directiva 2003/88/CE.

Frente a los argumentos del agente jubilado, el Concello basó su defensa en el artículo 50.3 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), argumentando que, al tratarse de una jubilación voluntaria, no era aplicable una compensación económica los pones días de vacaciones no utilizados.

Para CCOO, "el gobierno municipal penalizó el empleado por jubilarse después de estar de baja médica, ignorando que la imposibilidad de disfrutar de las vacaciones se debía precisamente a su enfermedad, no a su voluntad".

Para el sindicato CCOO, el principio de in dubio pro operario ("en caso de duda, fallar a favor del trabajador") "es un pilar fundamental del derecho laboral español" que obliga al Concello de Pontevedra a interpretar la normativa de la manera más beneficiosa para el trabajador.

Para este sindicato, esta sentencia es un "claro recordatorio de la necesidad de que las administraciones públicas, en su condición de empleadoras, actúen con pleno respeto de la ley, garantizando en todo momento la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores".