El Juzgado del Social número 2 de Pontevedra acaba de reconocer el derecho de conciliación del personal de Mercadona una vez finalizado el período de guardia legal para el cuidado de hijos menores de 12 años.
El Juzgado reconoce el derecho de una delegada de la CIG a ampliar el derecho de conciliación laboral manteniendo su horario hasta que sus hijos cumplan 15 años. Pero la dirección lo aplicaba de manera que permitía la reducción de la jornada, pero no establecer una distribución horaria que garantizara la conciliación.
Responsables de la CIG-Servicios de Pontevedra comparecieron este viernes en rueda de prensa para denunciar que la empresa está limitando en la práctica el derecho de conciliación de la vida laboral y familiar, "mais poucos meses despois de que a central lograse representación no comité provincial de Pontevedra o cadro de persoal comeza a avanzar en dereitos".
En este sentido, recordaron que tanto la dirección como los sindicatos CCOO y UGT entendían que esta parcialidad ya garantizadora el derecho de conciliación, "pero nós cremos que se non existe un horario pactado coa empresa non existe conciliación como tal". Ahora la sentencia viene a establecer precisamente esto, que se trata de uno derecho de conciliación y no solo la parcialidad del contrato.
"Nin CCOO nin UGT se atreveron a reclamar este dereito e permitiron que Mercadona actuase con total liberdade á hora de aplicalo", mafiestaron los representantes de la CIG.