Nueva derrota judicial del Concello de Sanxenxo en materia urbanística. El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por la administración local contra la sentencia previa del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anuló el proyecto urbanístico para construir 1.302 viviendas unifamiliares en Monte Faro, en Noalla.
El TSXG dictó una sentencia en febrero de 2015 invalidando la aprobación definitiva del Plan Parcial del Suelo Urbanizable número 14, esto es, el proyecto para urbanizar la cima de Monte Faro. El Concello, como administración afectada porque había aprobado el plan urbanístico en el año 2009, presentó un recurso ante el Tribunal Supremo, pero no se ha admitido, lo que implica que se confirma la sentencia previa.
Esta nueva sentencia vuelve a dar la razón a las tesis del Colectivo Ecoloxista do Salnés, que empezó la batalla en el año 2010 y llevó hasta el TSXG el recurso contra el acuerdo de 28 de julio de 2009 del Concello de Sanxenxo, cuando gobernaba el PP con Catalina González como alcaldesa.
El Supremo, al igual que antes el TSXG, anula el plan urbanístico alegando motivos paisajísticos contra el proyecto de la empresa Mirador de Sanxenxo, que contaba con un dictamen negativo de la memoria ambiental que no recomendaba el proyecto por su impacto paisajístico, pero fue igualmente aprobado por el pleno de la corporación.
"No es aceptable que corresponda al órgano promotor (...) calificar sus propias soluciones ambientales -movidas obviamente por el lógico deseo de mantenimiento a todo trance del plan parcial sometido a evaluación- como mejores que las ofrecidas en la Memoria ambiental o suficientes para enervar el efecto adverso de un informe desfavorable", indica el Supremo.