Los juzgados de la Parda anulan multas del estado de alarma que el Gobierno sigue sin revocar de oficio

Pontevedra
10 de septiembre 2021

El letrado de la Administración del Estado reconoció que tras la sentencia del Tribunal Constitucional esas multas son nulas. Pero lo cierto es que la Subdelegación del Gobierno no está procediendo a revocarlas de oficio, obligando a los ciudadanos a ir a juicio y recibiendo la consiguiente condena en costas

Edificio judicial de A Parda
Edificio judicial de A Parda / Mónica Patxot

El edificio judicial de A Parda acogió este jueves dos juicios por las multas covid del primer estado de alarma,.

El letrado de la Administración del Estado reconoció que tras la sentencia del Tribunal Constitucional esas multas son nulas. 

Pero lo cierto es que la Subdelegación del Gobierno no está procediendo a revocarlas de oficio, obligando a los ciudadanos a ir a juicio y recibiendo la consiguiente condena en costas.

En uno de los juicios celebrados este jueves en el Juzgado de lo Contencioso número 1, un ciudadano fue multado con 601 euros por una supuesta desobediencia a la autoridad cuando se dirigía a una ferretería con su vehículo el día 8 de abril en la zona del polígono industrial de Bueu, un servicio que no estaba contemplado como esencial en aquel momento. Pagó la mitad de la multa acogiéndose a la reducción. 

SEGUNDO ESTADO DE ALARMA

Por otra parte, parece ser que en breve el Tribunal Constitucional se pronunciará sobre el segundo estado de alarma. Esa sentencia, de ser estimatoria, podría afectar a las multas Covid impuestas por los ayuntamientos o por la Xunta en el segundo semestre de 2020 y principios 2021. 

Las multas desde marzo 2021 en cambio tienen mayor soporte legal, porque podrían ampararse en la normativa sobre pandemias introducida por el Parlamento gallego en la Lei de Saúde de Galicia por Ley 8/2021, de 25 de febrero.