Piden ocho años de prisión para un vilagarciano por distribución de pornografía infantil

O Salnés
13 de septiembre 2025
Actualizada: 31 de octubre

La acusación se dirige contra un hombre detenido por la Policía Nacional en el marco de la operación "Cuervo", llevada a cabo durante los años 2020 y 2021

Agente de la Policía Nacional de la unidad Udef-Ciberdelincuencia de Pontevedra Mónica Patxot

La sección segunda de la Audiencia provincial de Pontevedra ha señalado para el próximo martes 16 de septiembre el juicio por un caso de pornografía infantil.

La acusación se dirige contra un hombre detenido por la Policía Nacional en el marco de la operación "Cuervo", llevada a cabo durante los años 2020 y 2021.

En la investigación se detectó, entre otros muchos, que el usuario que usaba el programa informático de intercambio desde un domicilio de Vilagarcía de Arousa, había procedido a descargar y compartir "seis archivos con claro contenido sexual explícito en el que participaban menores de muy corta edad y aspecto prepuber".

Tras las indagaciones realizadas se pudo identificar a este usuario procediéndose, previo mandamiento judicial, a la entrada y registro en su domicilio el 29 de octubre de 2021.

En el lugar se localizó el equipo informático del que se había servido el acusado para descargar y distribuir los archivos de pornografía infantil y además se hallaron, no solo las oportunas trazas informáticas de la acción descrita sino la existencia de 287 archivos de video o similar, de los cuales había sido compartidos 83 y en los que se muestra a menores de edad desnudas y efectuando actos sexuales.

Entre tales archivos se encontraban dos archivos que muestran menores de muy corta edad.

La Fiscalía considera que los hechos descritos son constitutivos de un delito de distribución de pornografía infantil, por lo que pide para el acusado una condena de 8 años de prisión.

Asimismo, el representante del Ministerio Público también solicita se le imponga al acusado la medida de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad a la pena impuesta, por tiempo de 9 años y que consistirá en la prohibición de desempeñar actividades que permitan o favorezcan el contacto con menores de edad. Además de la obligación de someterse a programas formativos de educación sexual.

Igualmente, la Fiscalía reclama que se le imponga al acusado la pena de inhabilitacion especial para cualquier profesion u oficio, sea o no retribuido, que conlleve, contacto regular y directo con menores de edad, por tiempo de 12 años.