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Coca Cola, la chispa de los tribunales
La multinacional más famosa del orbe terrestre tiene en España y Portugal un entramado de embotellado y distribución de su secretísimo e inimitable brebaje, en versión completa, en versión descafeinada, en versión de azúcar total, azúcar ligero o carencia absoluta de azúcar, además de combinaciones, variaciones y permutaciones de dichas posibilidades. En lata y en botella, en rojo o negro. Tal como lo tiene en la península ibérica, lo tiene en otros países europeos. No son Coca Cola, sino una serie de empresas auxiliares que posibilitan que el líquido se contenga en un recipiente individualizado y vendible. Son tan del grupo Coca Cola que se llaman CocaCola Iberian Partners y consultan con CocaCola sus decisiones estratégicas, aunque técnicamente los trabajadores no son parte de su plantilla, sino de la de la embotelladora.
Hace ahora un año, las embotelladoras de la poción mágica se fusionaron pasando de ser siete empresas a una. Desde esa fusión del embotellado de bebidas gaseosas se descolgaron con la necesidad de reducir plantilla de sus centros en España, con cierre de las plantas de Fuenlabrada, Colloto, Alicante y Palma de Mallorca. Considerando que la empresa de embotellado da beneficios, los trabajadores se mostraron más que reacios a la aplicación de un ERE, que afectaba a 1250 personas: 500 para recolocar en otros centros y 750 a prejubilar y despedir.
Agotado el tiempo de negociación, no se llegó a ningún acuerdo. Se aplicó el ERE desde la empresa, con un reducción de un 6% de los afectados y una generosa bonificación a prejubilaciones, bajas y trasladados. Se cierran las cuatro fábricas. Los sindicatos impugnan el ERE ante la Audiencia Nacional. Los trabajadores de Fuenlabrada acampan ante la empresa, para entorpecer que la desmantelen (cerrada está) y para hacerse visibles. Saben que la demora de los tribunales será aprovechada por la empresa para ejecutar acciones que lleven a puntos sin retorno.
En junio de 2014 a Audiencia Nacional anula el ERE, ordenando su suspensión cautelar. La anulación debería suponer, al menos, la readmisión de los 236 despedidos y de los empleados que aceptaron la baja incentivada y quieran recuperar su empleo. Además del abono de los salarios dejados de percibir. La empresa recurre la decisión ante el Tribunal Supremo. El centro de trabajo está cerrado, no hay incorporación.
Sonia Canay. Abogada. Departamento Jurídico-laboral de SIGA