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La prostitución como puesto de trabajo
Tenía yo un profesor de derecho constitucional que, entre otras muchas perlas con las que nos deleitó durante el curso, defendía que los oficios más antiguos del mundo eran (por este orden) los de sacerdote, cuidadora y prostituta. Justo el más fácil y descansado les ha tocado mayoritariamente a los hombres.
La condición o no de las prostitutas como trabajadoras del sexo es una discusión de amplio calado moral, ético, económico y práctico. Hay básicamente tres modelos de intervención.
.- El liderado por Suecia, que considera la prostitución como una de las caras de la poliédrica violencia sexista contra mujeres, niñas y niños. Se entiende que no es posible la necesaria igualdad de género mientras exista un mínimo resquicio de impunidad en el que hombres compren, vendan y exploten a mujeres, niñas y niños. Entendamos aquí que si no hay usuario final de servicio, no hay negocio. Y se penaliza al usuario final destinando recursos a la reinserción social de las prostitutas.
.- El que penaliza parcialmente el proxenetismo y deja en el limbo jurídico la situación de la prostituta que no es ni deja de ser una trabajadora. Esta es la situación española, que eso sí, ha incluido la actividad como parte del PIB.
Sobre la situación en España, es interesantísimo el análisis que hace una sentencia reciente de un juzgado de lo social de Barcelona. El litigio viene del 2013 y ha tardado año y medio en poder ser atendido por ese juzgado de lo social.
Sonia Canay. Abogada. Departamento Jurídico-laboral de SIGA