El fiscal antidroga pide a la Audiencia que valore la repercusión de suspender la entrada en prisión de ocho narcos arousanos
Por Oskar Viéitez & Mónica Patxot
En el banquillo de los acusados de la Sección Segunda de la Audiencia de Pontevedra se han sentado este martes ocho personas acusadas de tráfico de drogas en la comarca de Arousa. Todos ellos han reconocido su autoría en unos hechos ocurridos en el año 2007, aceptando una rebaja sustancial en las penas.
El tiempo transcurrido desde la comisión de los hechos, casi una década, ha sido contemplado en este acuerdo como una dilación indebida en la tramitación del proceso, convirtiéndose en un atenuante.
El fiscal especial antidroga, Luis Uriarte, ha explicado que entre las razones de este retraso se encuentran la falta de medios y que se tramitó mal.
Ante estas circunstancias el Ministerio Fiscal ofreció un acuerdo a todas las partes para recoger ese transcurso del tiempo y la confesión de los acusados, a cambio de la rebaja en las condenas.
Así, el principal acusado J.C.T.G., ha aceptado una pena de cinco años de prisión, y todos los demás cuatro años y medio de cárcel excepto dos años de prisión para dos de ellos. Con multas que van desde 75.000 euros y de comiso de vehículos, dinero y demás.
La única diferencia entre las partes es que los abogados de la defensa pidieron la suspensión de las penas para evitar que entren en prisión, alegando los letrados el consumo de drogas de sus defendidos, su rehabilitación, su reinserción en la sociedad y que era para ellos su primer delito.
Por su parte el fiscal Luis Uriarte, rechazó esta suspensión de la ejecución de las penas por la gran cantidad de droga que movían los acusados que "no era para satisfacer su autoconsumo", además ninguno de ellos era toxicómano. También entiende que los magistrados tienen que tener en cuenta la "gravedad de los hechos y más en una zona tan conflictiva como la comarca de Arousa" por lo que se preguntó "flaco favor se le haría a la sociedad" si estos acusados por tráfico de droga en estas cantidades no entran en prisión. Por lo que le pide al tribunal que tenga este hecho en consideración "por el impacto que ha producido en la sociedad" y la prevención general, es decir, "si va a animar a otras personas a cometer delitos viendo este resultado".
HECHOS PROBADOS
En virtud de este acuerdo se declaran como "hechos probados" que en diciembre de 2006, el principal acusado J.C.T.G., vecino de Vilagarcía de Arousa y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, concertó una cita con los también imputados I.H.H. y J.L.S.D., con domicilio en la localidad de Alcoy (Alicante), "con la exclusiva finalidad " de venderles cocaína que éstos "iban a destinar a la venta al por menor".
Tras realizarse la transacción, los alicantinos emprendieron el viaje de vuelta en cuyo transcurso, al realizar una parada en la estación de servicio de Xinzo de Limia (Ourense), fueron detenidos por agentes de la Guardia Civil que en todo momento estaban controlando sus movimientos.
Requisándoles un paquete que contenía 1.001,400 gramos de cocaína, con una pureza del 78,99%, lo que supone un total de 791 gramos de cocaína reducida a pureza, que hubiera alcanzado en el mercado ilícito el precio de 36.612,71 euros.
Otro de los procesados M.P.P. vecino de Baión, es un colaborador del principal acusado en la venta y distribución de cocaína, al que la Guardia Civil le pudo intervenir la cantidad de 257,400 gramos de cocaína, con una pureza del 58,35% y que habría alcanzado en el mercado ilícito el precio de 14.217,88 euros.
Entre los adquirentes de cocaína del principal acusado se encontraba el también imputado J.L.G.L., vecino de Bueu y sin antecedentes penales, el cual, una vez adquirida la droga, la dedicaba a su venta en pequeñas dosis entre los consumidores finales del producto. Este individuo fue detenido por agentes de la Guardia Civil en las proximidades del poblado chabolista de O Vao (Poio) cuando portaba la cantidad de 17.800 euros que estaba destinada a la adquisición de medio kilo de cocaína que le iba a vender el imputado J.C.T.G, con el que había concertado la venta el día anterior.
Parte de la cocaína que el principal acusado vendía, le era suministrada por el también imputado F.R.V., con domicilio en la localidad de Rubiáns, (Vilagarcía). De esta manera, sobre el día 6 de marzo de 2007, ambos imputados fueron sorprendidos en la zona del Campo de A Lomba de Vilagarcía incautándoles en el maletero del vehículo la cantidad total de 1.996,60 gramos de cocaína, con una pureza del 69,47%, lo que supone un total de 1.387,03 gramos de cocaína reducida a pureza y que hubiera podido alcanzar en el mercado ilícito el precio de 64.200,85 euros si hubiera sido vendida por kilos, sustancia ésta que iba a ser destinada a su venta ilícita entre los consumidores finales del producto.
También fueron condenados N.G.G., M.A.A.P. y J.P.V. como responsables civiles subsidiarios.