Absuelven por falta de pruebas a cinco acusados de estafar a una madre y a una hija en relación con una herencia
Por Natalia Puga
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha decidido absolver por falta de pruebas a cinco acusados de engañar hace una década a una madre y una hija en relación con la herencia del marido y padre de ambas a su muerte.
La acusación sostenía que los cincos habían engañado a la madre para que vendiese una participación en una sociedad de gananciales y a la hija para que otorgase los derechos sucesorios que pudieran corresponderle en la herencia de su padre.
La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia sostiene que no existe la "certeza" del engaño atribuido y que "la prueba de cargo practicada no es suficiente para enervar la presunción de inocencia de los acusados".
El tribunal provincial no ve "signo incriminatorio bastante" en las pruebas que se expusieron durante el juicio para concluir con la "necesaria certeza" que existiera engaño y que debido a ese engaño hubiese un "error" en las denunciantes que motivara el desplazamiento patrimonial efectuado.
Según la sentencia, esa falta de prueba conduce necesariamente a la libre absolución de los acusados y también a una sexta mujer, esposa de uno de los sospechosos, que compareció en calidad de responsable civil.
Los hechos juzgados se produjeron en diciembre de 2009. La Audiencia considera probado que una de las mujeres otorgó ante notario una escritura de compraventa en virtud de la cual trasmitió su participación en una sociedad de gananciales disuelta pero no liquidada , por la suma de 50.000 euros y su hija otorgó al mismo destinatario, también ante notario, los derechos sucesorios que pudieran corresponderle en la herencia de su padre, indivisa y sin aceptar. No considera probado que los acusados influyeran en las respectivas decisiones de realizar las ventas ni que éstos tuvieran acuerdo alguno con los beneficiarios por las cesiones.
En este juicio, la Fiscalía no formulaba acusación contra los cinco procesados y las supuestas víctimas sostenían la acusación particular. Pedían que fuesen condenados por un delito de estafa a seis años de prisión y multa de 18 meses a 12 euros diarios y también que la Audiencia declarase la nulidad de los contratos de compraventa otorgados en diciembre de 2009. También reclamaban una indemnización.