¿Qué hacer ante un falso positivo en el drogotest? Un juzgado pontevedrés busca fijar los criterios ante futuros pleitos
Por Natalia Puga
El Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra celebró este viernes la última jornada de un juicio que, en función de su resultado, puede convertirse en punto de referencia para futuros pleitos. En concreto, su magistrado titular tiene sus manos fijar los criterios que se utilicen a partir de ahora en los litigios en los que una persona muestre su desacuerdo con el resultado del drogotest que detecta si un conductor conduce tras haber consumido drogas.
El juicio comenzó el pasado 4 de noviembre y este viernes tuvo una continuación. Ahora, una vez que las partes emitan sus conclusiones por escrito, el magistrado Francisco de Cominges Cáceres deberá dictar sentencia. Esa sentencia será la que, en función de su resultado, puede resultar trascendental para el funcionamiento de estos drogotest que la Guardia Civil de Tráfico y las policías locales realizan en controles de tráfico.
El origen de este procedimiento es un control en el que un conductor dio positivo a consumo de cannabis. Los agentes de tráfico le tomaron muestra de saliva para realizar este drogotest y, tal y como establece el protocolo, también tomaron una muestra de saliva que se envió al laboratorio de la empresa Synlab Diagnósticos Globales que, desde Esplugues de Llobregat analiza estas muestras para la Dirección General de Tráfico llegadas de toda España.
Ese análisis del laboratorio es la prueba clave que confirma los positivos detectados a pie de carretera y, en el caso de este conductor, concluyó que también daba positivo en consumo de cocaína. El conductor estaba en desacuerdo con ese resultado, que afirma que es un falso positivo, y pidió un contra análisis, pero se le negó.
El conductor recurrió la sanción y pidió un análisis en un laboratorio de la Universidad de Santiago de Compostela que, en base a una muestra de pelo, concluyó que no había consumido cocaína en los cinco meses anteriores.
Más allá de resolver este pleito en concreto, el magistrado busca fijar criterios sobre cómo actuar en caso de que haya estos desacuerdos con los resultados de los drogotest. Así lo explicó durante la sesión a una perito que declaraba por videoconferencia. "Intentamos aclarar con carácter general para otros pleitos. No se trata de defender esta multa en concreto como si fuese el abogado del Estado", le explicó.
De esta forma, el magistrado pretende resolver este recurso, pero también ir un paso más allá y llegar a conclusiones sobre qué opciones podría tener un conductor para recurrir esos falsos positivos. El objetivo final es lograr fijar, como ya se hizo con el funcionamiento de los radares de tráfico y el funcionamiento de los distintos márgenes de error. En ese asunto, este mismo juzgado llegó a sentar esos criterios en una sentencia que resultó pionera a nivel estatal.
En el caso de los drogotest, la tarea se presenta más complicada y es posible que el resultado final no sea tan contundente, pero, para intentarlo, este viernes se citó para declarar por videoconferencia a peritos de Santiago de Compostela -la autora del informe sobre la muestra de pelo-, de Esplugues Llobregat -el laboratorio de Synlab- y Madrid -la DGT-.
Los peritos que declararon en la sesión de este viernes no arrojaron resultados concluyentes, si bien en lo que sí coincidieron es en que lo más fiable en estos casos es que el conductor, en caso de dar positivos y considerar que el resultado es erróneo, tiene su mejor baza en realizar en ese mismo momento un contra análisis de sangre. Los agentes de Tráfico ofrecen a los conductores la opción de realizar ese análisis, que es de sangre y el más fiable, pero debe hacerse en ese mismo momento.
En el caso del afectado en el pleito actual, no pidió el análisis de sangre porque en el de saliva realizado en carretera dio negativo en cocaína y solo dio positivo cuando llegaron las pruebas de laboratorio.
El magistrado deberá decidir ahora da por buenos esos análisis del laboratorio de Synlab y también sobre la fiabilidad de la prueba en base al cabello realizada en Santiago de Compostela. Asimismo, deberá valorar si, tal y como pide la defensa del conductor, se le generó indefensión porque pidió una prueba de contraste que se le negó.
En el caso del análisis de cabello, los peritos que declararon este viernes llegaron a una conclusión que sí puede resultar crucial de cara a casos futuros. Explicaron que ese tipo de análisis permite descartar consumos crónicos o habituales de cocaína -o de otras drogas-, pero no consumos puntuales. Esto es, concluye que en los cinco meses anteriores ese conductor no fue consumidor habitual de esa sustancia, pero su resultado no habría detectado un consumo puntual que podría ser el que dio lugar al positivo detectado en el laboratorio.
La perito del laboratorio de Esplugues explicó que la muestra se tomó el 16 de diciembre de 2018 y ellos realizaron el análisis el 22, confirmando esos positivos y que los resultados dependen el metabolismo y del momento de la toma de muestra. También garantizó que cumple con los criterios de trazabilidad para evitar contaminación y que las muestras se conserven en buen estado y explicó que las pruebas de saliva hablan de un consumo reciente mientras que el pelo no detecta consumos puntuales.
Los peritos que declararon por parte de Tráfico explicaron que el análisis que se realiza en carretera busca agilidad, por eso se busca luego la validación del laboratorio y se ofrece a los conductores realizar ese análisis de sangre y cuestiona la validez en estos casos del análisis de cabello, pues su utilidad es "monitorizar consumos crónicos", pero "un consumo puntual es muy posible que no lo detecte". A Tráfico, para determinar si un conductor está condiciones de llevar un vehículo, le interesa el consumo reciente y eso se detecta en sangre y saliva, no en el cabello, según explicó.
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