Absuelven al vecino de Ponteareas acusado de agredir sexualmente a su esposa
Por Oskar Viéitez
La Sección Cuarta de la Audiencia provincial de Pontevedra absuelve a Juan L.L., acusado de agresión sexual a su esposa en el año 2012 en Ponteareas.
Durante el juicio, Juan L.L, negó la acusación y aseguró que sí que mantuvo una relación sexual con ella, pero que ésta fue consentida. Su mujer y supuesta víctima es el único testigo directo que podría confirmar la denuncia que presentó en 2012 pero rechazó declarar. El resto de testigos que podrían acreditar los hechos, dos de sus hijos, también se negaron a hablar ante el tribunal.
A pesar de esto, el Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas había solicitado se le imponga la pena de siete años de prisión por un delito de violencia contra la mujer, en relación de concurso con un delito de agresión sexual.
Por la defensa del acusado se solicitó la absolución de su representado y por la acusación particular no se presentó escrito de acusación.
El Tribunal provincial entiende que "no ha quedado acreditado que en la madrugada del día 22 de julio de 2012, el procesado mantuviese relaciones sexuales con su esposa, en contra de la voluntad de esta".
Por lo tanto en los fundamentos de derecho señalan que "los hechos que se declaran probados no son constitutivos del delito que el Ministeiro Fiscal ha atribuido al procesado". Y añade que no hay prueba de cargo "suficiente para formar una convicción de culpabilidad frente al acusado".
El fiscal del caso, Juan Carlos Aladro, sostuvo durante el juicio que los hechos por los que acaba de ser absuelto el acusado, habría ocurrido en la madrugada del 22 de julio de 2012 en el domicilio en el que convivía con su mujer y uno de sus hijos en la parroquia de Santiago de Oliveira en Ponteareas. Una semana después, su esposa denunció que él llegó borracho a casa, golpeó varias veces la puerta de su habitación (dormían separados y ella tenía la puerta cerrada) y, cuando ella abrió, la obligó a mantener relaciones sexuales mientras la insultaba y amenazaba.
Ante la falta de prueba el Tribunal determina que "procede acordar su absolución con todos los pronunciamientos favorables".