Alba Piñeiro
Asesinos al sol
La madre de un asesino en serie muy conocido que está encarcelado actualmente, afirmaba que ciertas personas no deben salir nunca de la cárcel, porque en la voluntad propia de estos asesinos no cabe la posibilidad real de reinserción. Decía además que estos sujetos como su hijo deberían trabajar sin descanso para ganarse el pan con el que se alimentan a diario en la cárcel y no tener tiempo de pensar en nada más que en trabajar para poder subsistir. Solo así la sociedad estaría tranquila.
El máximo legal de permanencia en prisión en España es de 30 años. La Doctrina Parot insta a que las reducciones de las condena se hagan sobre el total de la pena impuesta y no sobre el máximo legal de años que puede estar alguien encarcelado. De este modo, se alarga la estancia en la cárcel de los que hayan cometido delitos más graves.
La cárcel no es necesariamente un castigo a secas, sino un mecanismo para que la sociedad no tenga que soportar a individuos con afán de imponer su voluntad indebida a otras personas, incluso irrespetando el derecho a la vida y a la integridad física de estas. O por lo menos, un mecanismo disuasorio para concienciar a muchos individuos de que traspasar ciertos límites tiene un coste, no es lo mismo estar libre, en la calle, que estar en una cárcel, por muy bien que te traten en ella.
Dice una canción de Gardel que "veinte años no es nada" y estos días lo hemos ido constatando: la puesta en libertad de terroristas, asesinos en serie, violadores, etc. debido al fallo del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos respecto de la Doctrina Parot ha hecho que nos diéramos cuenta de que por más que alguien pase unos veinte años en prisión, poco se garantiza que haya disminuido su tendencia a deshacer las vidas de los demás, por lo que seguimos teniendo miedo a que vuelva a las andadas.
La reinserción social y la reeducación son derechos de las personas condenadas de los que todos nos beneficiamos: si el penado se conciencia de que debe dar un rumbo distinto a sus actitudes, dejará de reincidir y de reiterarse en sus conductas no adecuadas, por lo que la cárcel dejará de ser necesaria y los ciudadanos podemos estar tranquilos. Por supuesto alguien que haya cometido errores merece una segunda oportunidad. Sin embargo, no todos los delitos son igual de perdonables. Muy especialmente, los delitos de sangre: de la cárcel puedes salir, del cementerio, nunca.
Hay personas que no quieren reinsertarse y toda reeducación con ellas es en vano: los psicópatas. Suelen matar, violar, aterrorizar, estafar y acosar a otras personas por la necesidad de hacerlo, incluso por sadismo. Cuando cometen ese tipo de delitos, no se plantean los derechos de las víctimas, imponen su voluntad y en el caso de matarlas, no les perdonan la vida. Aún así, no es cuestión de ponernos a su altura, la pena de muerte del verdugo no resucitará a las víctimas. No obstante, el tiempo que estos delincuentes permanecen en prisión puede significar la diferencia entre que se produzcan o no más muertes.
El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos al dar al traste con la Doctrina Parot ha tratado de salvaguardar el derecho de determinada presa a no sufrir la retroactividad de una pena para ella desfavorable. ¿Dónde está la protección a los derechos de las víctimas? A los psicópatas los únicos derechos que les importan son los suyos propios. ¿Qué hay de los derechos de las futuras posibles víctimas?
La clave ahora pasa por los políticos y legisladores que tenemos. Que se molesten en legislar bien, no en poner parche sobre parche que al final en el aire se queda. Necesitamos unas leyes dignas, que garanticen los derechos de todos. La protección de los Derechos Humanos comienza por la penalización adecuada y efectiva de las conductas inhumanas.