¿Novagalicia Banco tiene derecho a estar en la Cámara de Comercio de Pontevedra?
Por Redacción
¿Novagalicia Banco tiene derecho a estar en la Cámara de Comercio de Pontevedra? ¿A ocupar una vocalía? Hay voces críticas que opinan que no y así se lo han hecho saber a la Xunta de Galicia por su condición de administración tutelante del órgano cameral.
La Dirección Xeral de Comercio no lo tiene claro y reclama más información para poder emitir un juicio de valor. La actual directora xeral y ex número 2 de este departamento autonómico, Sol María Vázquez Abeal, ha remitido esta misma semana un escrito a la Cámara para exigir que "remita informe en relación cos feitos sinalados o máis axiña posible".
El documento, al que ha tenido acceso PontevedraViva, salió de la Administración autonómica el 1 de abril y responde a un escrito que tuvo entrada en el registro general de la delegacion territorial de la Xunta de Galicia en Pontevedra el pasado 18 de marzo.
En el documento enviado a Comercio se hace referencia a que "no momento actual está a ocupar unha vogalía no Pleno da Cámara unha entidade, Novagalicia Banco, que non cumpre cos requisitos esixidos" en el Decreto 431/2009 que está actualmente en vigor.
Las personas críticas con su presencia en el órgano cameral consideran que incumple cuatro condiciones para ser miembro legítimo del Pleno, derivados todos ellos de que en el momento en el que se eligió a los integrantes del mismo la entidad bancaria no existía como tal, sino que para la vocalía que ocupa en la actualidad fue elegida la desaparecida Caixanova.
Al convertirse la caja en banco, Novagalicia Banco heredó el puesto en el Pleno, pero lo que tendrá que dilucidar ahora la Dirección Xeral de Comercio en base a la información solicitada a la Cámara es si realmente inclumple los cuatro requisitos señalados por los críticos. Se trata de los artículos 4, relativo al censo electoral; 5, de electores y electoras; 10, requisitos para ser elegible; y 60, que regula las vacantes y pérdida de condición de miembro del Pleno.