Bueu gana otra batalla legal a FCC Aqualia por unos vertidos en la Playa de Loureiro
Por Redacción
El Concello de Bueu viene de recibir una sentencia judicial del Juzgado Contencioso Administrativo Nº3 de Pontevedra favorable en el expediente sancionador impuesto a la concesionaria del servicio de mantenimiento de las aguas municipales, FCC Aqualia, por unos verquidos de aguas fecales producidos el 12 de julio y el 19 de agosto de 2015 a la playa de Loureiro.
El alcalde se muestra satisfecho por esta sentencia que impondrá 3.005,06 euros de multa a la concesionaria, y que "demuestra la eficacia del trabajo de supervisión, seguimiento y control que realizamos desde lo gobierno local para el buen funcionamiento del servicio de abastecimiento de aguas". Félix Juncal destaca que, "cuando no se cumple el contrato, el Ayuntamiento incoa los correspondientes expedientes sancionadores, para velar por este servicio básico".
Los hechos parten de un expediente iniciado en julio de 2017, en el que se hacía constar que la concesionaria podría incurrir en una infracción grave consistente en un incorrecto mantenimiento de las instalaciones de la estación de bombero de aguas residuales (EBAR) de Loureiro determinantes de los verquidos de fecales en julio y agosto de 2015, con base en una serie de informes técnicos elaborados por la empresa Ingeniería Lagares Oca SL y dos informes jurídicos emitidos por el asesor externo del Concello.
Asimismo, el informe también detalla que en su inspección a la zona, la Policía Local detecta que "del colector de aguas pluviales, que desemboca en la playa, salía ese día una nube de aguas negras, existiendo a lo largo de la costa restos, cada uno de unos cuatro centímetros de largo de materia grasa y un fuerte olor, a lo largo de toda la línea de madrugada". Asimismo, la propuesta de resolución sancionadora hace alusión al acta de inspección de asistencia técnica de Augas de Galicia de la que se deriva que las aguas fecales verquidas en el arenal procedían del aliviadeiro del pozo de bombeo.
Además, hay una condena en costas que deberá abonar la concesionaria, con un importe máximo de 400 euros.