El Concello ordena la retirada del cierre del predio del Pazo de Gondar
Por Redacción
El departamento de Urbanismo, que gestiona el concejal Xaquín Moreda, viene de abrir un expediente de reposición de la legalidad urbanística en relación al cierre y al aprovechamiento ganadero de un predio que pertenece a las fincas del Pazo de Gondar, en el lugar del Frieiro de la parroquia de Santa María de Xeve.
Este expediente llega después de que la Policía Local y el inspector municipal emitieran diversos partes e informes sobre la ilegalidad tanto de dicho cierre como de la actividad ganadera, a los que recientemente se les sumaron escritos de denuncia de la Comunidade de Montes en Man Común de Santa María de Xeve y de la plataforma vecinal 'Pola defensa das terras'. Mediante este expediente, le ordenan a la persona denunciada por estos hechos (arrendatario del suelo y titular de la actividad) la retirada inmediata del alambre de espino utilizado en el cierre, por cuestiones de seguridad, toda vez que puede causar lesiones a personas y animales; así como la suspensión inmediata de la actividad ganadera que está desarrollando en la hinca objeto de denuncia, por carecer de licencia.
Según el informe que motiva el expediente, se llevó a cabo un cierre de un predio de grandes dimensiones, perteneciente al Pazo de Gondar, a base de postes de madera y alambre de espino, y utilizando en algún punto árboles y restos de muros de piedra antiguos como soporte. El cierre también incluye una verja metálica en un tramo que coincide con el camino, que se utiliza en los accesos a modo de 'cancelas- somiers'.
Desde el servicio municipal de Disciplina Urbanística se argumentan varias infracciones cometidas con la realización de estas obras, como carecer de la preceptiva autorización municipal para la ejecución de las mismas y desarrollar una actividad ganadera en la finca sin ningún tipo de autorización. Además, el predio objeto de la denuncia forma parte de las fincas de la Casa de Gondar que se encuentra incluida dentro del 'Catálogo de edificacións e elementos a conservar' y en un área de cursos de agua por lo que las obras también tendrían que tener las preceptivas autorizaciones de la Dirección Xeral de Patrimonio e de Augas de Galicia, sin que ninguna de estas autorizaciones fueran acercadas.
Sobre los materiales empleados, desde Disciplina Urbanística se informa de que los hilos de alambre de espino no serían legalizables por tratarse de un uso incompatible con el ordenamiento urbanístico, al incumplir con el establecido en el artículo del Plan Básico Autonómico de Galicia que recoge que no se permitirá el final de cierres con elementos que puedan causar lesiones a personas o animales. Por último, también indica que el cierre en los puntos en que linda con el camino no respeta el recubrimiento de 4 metros a eje de camino, infrigiendo el artículo 92 de la Lei do Solo de Galicia.