El TSXG confirma la sentencia que declaró ilegal una parte de la obra de la autovía do Morrazo
Por Natalia Puga
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de declarar firme una sentencia por la que se consderaba que la Xunta de Galicia se apropió por "vía de hecho" de un terreno de 15.376 metros cuadrados situado en el lugar de O Reibón, en la parroquia moañesa de Meira, durante las obras de conversión en autovía del antiguo Corredor do Morrazo, una vía inaugurada en 2019. Por lo tanto, esa parte de las obras para la nueva vía se declaraba ilegal.
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG revisó el recurso de apelación presentado por la Axencia Galega de Infraestruturas contra la sentencia dictada en febrero por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra y ya en noviembre dictó una sentencia desestimando el recurso. Ahora, finalmente, es firme y ya no hay posibilidad de nuevo recurso.
Esta nueva sentencia confirma, por lo tanto, que la Xunta de Galicia de Galicia deberá reponer a su situación originaria ese terreno de 15.376 metros cuadrados, restaurándole su potencial forestal, con tierra vegetal y reforestación.
Esta medida implicaría eliminar los rellenos y escombreras depositados sobre esa finca para poder desdoblar la autovía, si bien fuentes judiciales consultadas por este periódico señalan que ahora resultará complicado que esta sentencia llegue a ejecutarse.
La sentencia ahora confirmada también condena a la Xunta a abonarle 47.391,40 euros al dueño de la finca ocupada por la tala de árboles.
El origen de esta causa judicial es una resolución de 6 de septiembre de 2017 de la Consellería de Infraestructuras e Vivenda de la Xunta de Galicia por la que se modificaba la relación de bienes afectados por el proyecto de trazado de la obra y se pasó a ocupar ese terreno. Con esta sentencia, esa resolución se declara "nula de pleno derecho" y se deja sin efecto.
La sentencia inicial, firmada en febrero de 2020 por el magistrado Francisco de Cominges, atribuí a la Xunta de Galicia una "omisión total y absoluta del procedimiento establecido" y también una "desviación de poder", entendida como "el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico".
Así, el magistrado se basa en que los peritos que intervinieron en este procedimiento concluyeron de manera unánime que la apropiación por la Xunta de Galicia de los 15.376 metros cuadrados de superficie de terreno "no tuvo su causa real en una hipotética modificación del trazado del vial, sino en la conveniencia de liberar a la empresa constructora de la costosa carga de transportar hasta un lugar autorizado las tierras y escombros sobrantes de la obra".
Esa finca que ahora debe devolverse a su propietario se convirtió de hecho en un vertedero de materiales. Se hizo, además, al margen del proyecto de la autovía formalmente aprobado, en el que no se preveía tal actuación, y sin una justificación suficiente.
La sentencia del TSXG tilda de "insólito" la actuación de la Xunta en esta finca durante las obras de conversión en autovía del Corredor.